• Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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Política - Elecciones

¿Votarás nulo este 4 de marzo? Esto es todo lo que debes conocer antes de hacerlo

La figura del voto nulo nunca antes estuvo más presente  como en las elecciones de este 4 de marzo. ¿Será que anular el voto es la forma ideal en la que los electores puedan expresar su descontento y golpear a los políticos o no les hará ni cosquillas?

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¿Votarás nulo este 4 de marzo? Esto es todo lo que debes conocer antes de hacerlo

Muchas personas han barajado la posibilidad de votar nulo en las próximas elecciones municipales y legislativas para dar un castigo a la clase política. Sin embargo, poco se conoce de esta expresión democrática sobre la que se han establecido varios mitos. 

Las redes sociales están llenas de personas que promueven esta práctica, sobre todo, después del llamado que hizo el acalde Nayib Bukele a anular el voto. Sin embargo, ¿está realmente informada la población sobre lo que conlleva anular o abstenerse en estas elecciones?

En las elecciones de 2015, miles de votantes acudieron a las urnas. Unos votaron por su candidato predilecto de izquierda, de derecha y de todos los colores. Mientras que otros decidieron protestar desde la papeleta: unos mancharon con palabras obscenas, otros colocaron “cuernos” y uno que prefirió comerse la papeleta en son de crítica al sistema democrático. En esta ocasión se espera un escenario similar. 

La elección de los gobernantes de un país es un ejercicio democrático, pero que el ciudadano no está obligado a hacer si no quiere. Sin embargo, es una decisión trascendente que cambia el rumbo del país.

El Salvador Times se ha dado a la tarea de recopilar información de las leyes, así como la opinión profesional de un experto en temas electorales sobre las implicaciones y la incidencia del voto nulo en las elecciones legislativas y municipales. Acá todo lo que debe saber antes de decidir anular su voto. 

¿Qué es anular el voto?

El artículo 207 del Código Electoral consta de 8 literales, donde explican la nulidad del sufragio. Se anula el voto cuando se marcan más del número de escaños permitidos. También cuando claramente la intención de votos en dos o más bandera de partidos políticos o coaliciones contendientes. Si la papeleta está mutilada en su contenido o si contiene palabras o figuras obscenas.

Entonces, ¿si se coloca una palabra ofensiva en la papeleta es nulo?

Básicamente, sí. Ya lo explica el literal H. del art. 207. Colocar palabras ofensivas dentro de la papeleta conlleva a la anulación de la papeleta de forma automática. 

¿Y sí se tratara de dibujar cuernos sobre la cabeza de un candidato?

“Muchas veces puede depender de la decisión de la mesa. La Junta Receptora de Votos (JRV) es la máxima autoridad en el centro de votación. Si la JRV considera que es ofensivo, en este caso para la persona, podría anular el voto", explica el analista experto en materia electoral, Malcolm Cartagena a una entrevista brindada a El Salvador Times.  

Es decir que si un votante hace dibujos sobre un candidato y la JRV decide que no es ofensivo, aunque este lo fuera, podría ser tomado como válido.

¿A quiénes beneficia o afecta no asistir a votar o anular la papeleta?

Las implicaciones pueden ser políticas y económicas. “Nuestro sistema electoral está diseñado para que los votos nulos no afecten. Los votos nulos no son tomados en cuenta a la hora de asignar los escaños. Simplemente se toman los votos válidos. A los partidos políticos les da igual si se trata de uno, mil o 100,000 votos nulos puesto que no les afectaría, dice Cartagena.

También analiza que en el aspecto económico los partidos políticos podrían verse un poco afectados con la deuda política proveniente del número de votos ganados en las elecciones. “Si se trata de personas que siempre iban a votar y que hoy no encuentran candidaturas que les parezcan relevantes y deciden anular su voto, representa un ahorro de $4.93", expuso. Sin embargo, si es una persona que por primera vez ejercerá su voto y decide anularlo significa un ahorro para el Estado porque “antes no significaban una erogación”.

En un caso hipotético, ¿qué pasaría si los votos nulos superan a los votos válidos?

El artículo 203 del Código Electoral dicta que se declara nulidad de las elecciones. “Al quedar ejecutoriada la resolución que declare la nulidad de una elección, se publicará en el Diario Oficial y El Tribunal convocará, en su caso, a nueva elección, la cual deberá celebrarse a más tardar treinta días después de la fecha en que se declare ejecutoriada dicha resolución", dicta la normativa electoral.

¿Se repetirán elecciones? 

Sí, pero solo en el municipio o en el departamento donde los votos nulos hayan sido superiores a los válidos.

¿Serán los mismos candidatos? 

El Estado volverá a recurrir a las elecciones con los mismos candidatos hasta lograr la elección. Cartagena añade que los partidos políticos podrían valerse de esas elecciones anuladas y solicitar una deuda política más, justificando los gastos en la contienda anterior.

¿Una persona que decide anular el voto tiene derecho a reclamar a los gobernantes electos por otros?

Sí, ya que los gobernantes se deben a las mayorías, incluso de los que votaron en contra del funcionario electo. “Se pueden quejar de las medidas, pero no de las personas. Las personas que no anulen son las que van a decir las que queden en los escaños”, dice Cartagena.

¿Serán los votos duros los que se eligen?

Sí, porque en la medida que los descontentos no voten, los que si voten, aunque sean minoría, lograrán poner a los candidatos de su preferencia. 

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