• Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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Política - Hacienda aún no ha respondido

Ministerio de Hacienda será sancionado por negarse a dar información de donantes de partidos políticos

Hacienda argumentó que no daría información solicitada ya que viola la intimidad de los donantes; sin embargo, el IAIP sostiene que toda persona tiene derecho a recibir información de interés público.

Ministro de Hacienda
Ministro de Hacienda, Carlos Cáceres. Foto Diario El Salvador Times
Ministerio de Hacienda será sancionado por negarse a dar información de donantes de partidos políticos

El Instituto de Acceso a la Información Pública, IAIP, sancionará al Ministerio de Hacienda por denegarse a revelar los nombres, apellidos y montos específicos de donantes de partidos políticos.

En una sentencia del pasado lunes 29 de agosto, el Instituto rechazó el recurso de revocatoria de Hacienda contra otra resolución emitida del 25 de julio que le ordenaba publicara quiénes -con nombres y apellidos-, son los que financian a los partidos.

“Estese a lo dispuesto en la resolución emitida por este Instituto a las once horas y dieciséis minutos del 25 de julio de 2016, y cúmplase con ella en los plazos establecidos, bajo pena de iniciar el procedimiento sancionatorio”, decía la resolución que fue contra argumentada por los abogados de Hacienda.

El MH fundamentó su inconformidad en que no tienen la obligación de dar información de acuerdo a la Ley de los Partidos Políticos, y a que debe proteger los derechos fundamentales de intimidad y privacidad de los donantes, entre otros argumentos.

Sin embargo, el alegato fue contradicho por el IAIP pues la ley establece que “toda persona tiene el derecho de solicitar y recibir información generada, administrada y en poder de las instituciones públicas y demás entes obligados”.

Dicho derecho, dijo el Instituto, goza de protección constitucional.

Según Hacienda, este ministerio cumplió con la sentencia, solo que no lo hizo de manera absoluta pues había que proteger el derecho a la intimidad y privacidad de terceros, que está reconocido por la Constitución de la República

Por su parte el IAIP sostuvo que el secreto fiscal “no es absoluto” y puede ceder ante intereses constitucionalmente relevantes, como es “la libre información en una sociedad democrática, donde hay un interés público, legítimo que justifique la publicidad de la información personal”.

Por lo tanto el Instituto declaró “sin lugar” el recurso de revocatoria planteado por el Ministerio de Hacienda y ordenó que se cumpla con la resolución bajo pena de iniciar el procedimiento sancionatorio.

Hacienda aún no ha respondido.

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