• Diario Digital | jueves, 25 de abril de 2024
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Política - Reformas fue aprobada con 72 votos

Mujeres que se divorcien podrán cambiar su estado civil a “soltera”, las viudas ya no tendrán que usar el apellido de casada

Con la reforma acordada, quedará a decisión de la mujer usar el término "viuda de", aunque mantendrá el estado civil para no perder derechos adquiridos.

Soltera
Mujeres que se divorcien podrán cambiar su estado civil a “soltera”, las viudas ya no tendrán que usar el apellido de casada

Las mujeres que enviuden ya no tendrá que usar obligatoriamente el término "viuda de" ni el apellido de su difunto marido, mientras que las divorciadas podrán cambiar su estado civil a "soltera", esto luego de las reformas acordadas al Código de Familia y a la Ley del Nombre de la Persona Natural.

De acuerdo a estas normativas, hasta ahora los términos "viuda de" o el estado civil "divorciada" eran de uso obligatorio, sin embargo, con las reformas acordadas ayer por los diputados quedará a opción de las mujeres seguirlos utilizando.

En esencia, se trata de la modificación a un ítem del artículo 186 del Código de Familia, y al artículo 22 de la Ley del Nombre de la Persona Natural.

En el caso de las viudas, estas podrán decidir si continúan utilizando el artículo "de" antes del apellido de quien fuera su esposo, o lo quitan. Sin embargo, seguirán utilizando el apellido del difunto mientras no contraigan nupcias nuevamente.

A manera de ejemplo, si una persona llamada Ana Martínez de Pérez enviuda, podrá mantener ese nombre o cambiarse a Ana Martínez Pérez. Si se vuelve a casar, usará el apellido de su nuevo esposo.

En estos casos, el estado civil de la persona continuará siendo "viuda", esto para garantizar que mantengan derechos adquiridos como pensiones o herencias.

En el caso de las divorciadas será más sencillo, ya que solo tendrán que cambiar su estado civil en los documentos, donde pasarán a tener el estatus de "soltera".

La reforma está pendiente de votación en el pleno legislativo y de ser aprobada, entrará en vigencia luego de su publicación en el Diario Oficial.

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