• Diario Digital | domingo, 05 de mayo de 2024
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Política - En su campaña en redes sociales

Esposa de Carlos Calleja usa a niña con cáncer en propaganda electoral de ARENA, pese a estar prohibido por ley

La esposa del candidato de ARENA realiza una práctica que en el pasado ha sido recriminada por Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA) ya que la ley lo prohíbe.

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Esposa de Carlos Calleja usa a niña con cáncer en propaganda electoral de ARENA, pese a estar prohibido por ley

La esposa de Carlos Calleja, candidato a la presidencia de la república por el partido ARENA, Andrea de Calleja, está utilizando la historia de una niña de 11 años quien padece de cáncer en sus huesos, pese a que esto es algo prohibido por la ley.

"A Dani tuvieron que amputarle su piernita izquierda y recibió su tratamiento de quimioterapia", reza parte de la frase utilizada por la esposa del candidato tricolor.

La reunión que la aspirante a primera dama tuvo con la menor es utilizada en uno de los anuncios que que encuentran en la cuenta de Facebook de la compañera de vida del empresario, quien ya ha sido multado por el Tribunal Supremo Electoral por realizar campaña adelantada.

"Quiero luchar hombro a hombro con las mujeres que están batallando contra el cáncer, ya sea que lo están haciendo personalmente o porque son parte de la lucha junto a alguien me aman. No están solas, y juntas seremos más fuertes", dice en el anuncio.

La utilización de niños, niñas y adolescentes en campañas de propaganda política está regulada en la Ley Lepina.

Dicha ley, en sus artículos 46 y 47 tienen que ver con los derechos al honor, imagen, vida privada e intimidad de niños, niñas y jóvenes, entiéndase menores de 18 años.

El Salvador Times trató de hablar con Zaira Navas o con algún representante legal del CONNA, pero no hubo respuesta por las dos vías acordadas. Por teléfono y correo electrónico.

La idea era indagar sobre sí había alguna denuncia al respecto, tomando en cuenta los casos de 2017.

Antecedentes

En 2017, previo a las elecciones para alcaldes y diputados, los dos partidos mayoritarios lanzaron spots de televisión en el que violaban la Ley Lepina. En el caso del FMLN, un anuncio en el que aparecen menores de edad para promover programas sociales del gobierno del FMLN.

El otro caso, fue el de la candidata a diputada por ARENA, Milena Mayorga, quien en su anuncio se ve entregando lentes, como parte de su campaña, y a la vez invitando a una niña a leer su propaganda política para demostrar que ahora sí podía leer con el nuevo regalo.

En el caso de Paty Valdivieso, del mismo partido, quien regaló pasteles con su foto durante varios eventos en el marco de la celebración del día del niño.

Tras este tipo de situaciones, el CONNA informó en 2017 que iban a multar con hasta $15 mil dólares a los violadores de la Ley Lepina.

"Estamos próximos al inicio de la campaña política electoral y se está tratando de adelantarse a una situación que esperamos no nos lleve a iniciar procesos administrativos sancionatorios”, dijo en esa ocasión la directora ejecutiva Zaira Navas. 

¿Qué dice la ley?

"Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho al honor, a la propia imagen, a la vida privada e intimidad personal y familiar; sin perjuicio del derecho y deber de las madres, padres, representantes o responsables de ejercer supervisión y vigilancia sobre cualquier actividad que pueda poner en peligro la dignidad de las niñas, niños y adolescentes", dice el artículo 46 de la mencionada ley.

Y agrega que "se prohíbe, a través de cualquier medio, divulgar, exponer o utilizar la imagen de niñas, niños y adolescentes en contra de su voluntad y sin el conocimiento y aprobación de sus madres, padres, representantes o responsables. Asimismo, se prohíbe exponer o divulgar datos, imágenes o informaciones que lesionen el honor o la reputación de las niñas, niños y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad personal y familiar".

Tomando en cuenta que la joven es aún menor de edad, que padece de una enfermedad grave y que aún está siendo tratada por la misma, la historia —de acuerdo con algunos analistas—rompe la ley. De igual forma, el artículo 47, que se refiere a prohibiciones específicas frente a la utilización de la imagen y afectación de la intimidad personal de niñas, niños y adolescentes. 

En este caso, también se aplicaría. Ya que en la historia se da el nombre de la niña, que tiene cáncer y que está siendo tratada por personal médico del Bloom y de una fundación privada.

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