• Diario Digital | sábado, 20 de abril de 2024
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Sucesos

Cámara 2º de lo Civil determinó que diputado Cardoza justificó incremento patrimonial

En su resolución final y completa, el tribunal superior determinó que aunque es exagerado el aumento del valor de los inmuebles del diputado Cardoza quedó comprobado que los adquirió a un precio menor del mercado y que luego adquirieron mayor plusvalía.

Propiedades Cardoza
Cámara 2º de lo Civil determinó que diputado Cardoza justificó incremento patrimonial

La absolución que emitiera la Cámara 2ª de lo Civil a favor del diputado Reynaldo Cardoza tiene como base legal justificaciones hechas por la defensa y que fueron aprobadas por los jueces que conforman el referido tribunal.

Los juzgadores emitieron la resolución total del caso en la que se evidencia que el parlamentario tenía la capacidad de adquirir cinco inmuebles con el dinero percibido durante su gestión como diputado del Partido de Conciliación Nacional (PCN), por alquileres de algunas de sus propiedades y de una herencia.

“Habiéndose determinado que el demandado tuvo ingresos de $837, 632.22 y egresos de $696, 476.76, se ha acreditado que existe un saldo a su favor de $141,155.66, concluyéndose que en el período fiscalizado, el señor López Cardoza gastó menos de lo percibido”, resolvió la Cámara superior.

A Cardoza y a su esposa se les abrió un proceso declarativo de enriquecimiento ilícito sin causa justificada promovida por el Estado salvadoreño a través de la Fiscalía.

El 3 de marzo pasado, la referida Cámara declaró no ha lugar el enriquecimiento ilícito de Cardoza, cuyo monto la Fiscalía estimaba en más de un millón de dólares, combinado con $78 mil que se le atribuían a su esposa Alma de López.

“Es importante aclarar que este tribunal es consciente del exagerado incremento del valor de los inmuebles propiedad del señor Cardoza. Sin embargo, ha quedado demostrado que los adquirió a un valor menor del mercado”, razonó el tribunal.

Ejemplificó que un terreno ubicado en el Bulevar Walter Thilo Deininger fue comprado en 28 mil dólares y una perito estableció que solo el terreno cuesta más de 378 mil dólares.

Se explica que se tomó en consideración el principio de la autonomía de la voluntad privada de las partes para establecer el contrato de venta de esas propiedades como válidas. Además, que esto no deviene de un aprovechamiento del Estado sino de una plusvalía generada en ese inmueble.

“Sobre esta base, este tribunal considera que el aumento patrimonial del demandado por el aumento del valor de los inmuebles señalados por la FGR, no acreditó tal circunstancia”, resolvió la Cámara.

La Fiscalía intentó acusar a Cardoza de realizar costosas construcciones en dichos inmuebles, pero también fue descartado por el tribunal.

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