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Presentan proyecto para derogar la ley del aborto en Argentina

Se propone, entre otras enmiendas, que los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusen de su conocimiento o arte para causar un aborto o cooperen en ello sufran inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena impuesta.
Javier Milei, presidente de Argentina copia
Foto EST/Cortesía
Presentan proyecto para derogar la ley del aborto en Argentina

En una medida que ha sacudido el panorama político y social de Argentina, diputados del partido La Libertad Avanza, perteneciente al presidente Javier Milei, han presentado un proyecto en la Cámara de Diputados destinado a derogar la Ley 27610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Este anuncio llega después de una sesión frustrada del oficialismo el pasado martes, donde se intentó aprobar en particular la Ley Ómnibus.

El proyecto lleva la firma de los legisladores Benedit Beltrán, Araujo María Fernanda, Lemoine Lilia, Quintar Manuel y Zago Oscar, todos ellos afiliados al partido del presidente Milei. Uno de los aspectos más polémicos del proyecto es la propuesta de imponer penas de prisión de tres a diez años en caso de que el aborto se realice sin el consentimiento de la mujer. Además, la pena podría elevarse hasta quince años si el aborto resulta en la muerte de la mujer. En el caso de que el aborto sea realizado con el consentimiento de la mujer, la pena propuesta es de uno a cuatro años, aumentando a seis años si resulta en la muerte de la mujer.

El proyecto también incluye cambios en el artículo 86, que se refiere a los especialistas a cargo de los abortos. Se propone que los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusen de su conocimiento o arte para causar un aborto o cooperen en ello sufran inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena impuesta. Además, se plantea que el aborto realizado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer embarazada y con el fin de evitar un peligro inminente para la vida de la madre no sea punible, siempre y cuando el peligro no pueda ser evitado por otros medios.

En relación con el artículo 88, se propone que la mujer que cause su propio aborto o consienta que otro lo cause pueda ser castigada con prisión de uno a tres años. Sin embargo, se establece que la tentativa de la mujer no será punible, y el juez podrá decidir eximir a la mujer de la pena en función de los motivos que la llevaron a cometer el delito, su actitud posterior y la naturaleza del hecho.

Los autores del proyecto argumentan que su propuesta busca eliminar la distinción injusta y arbitraria entre los abortos realizados antes de la semana 14, que no son penalizados, y los realizados después de ese plazo, que son penalizados en ausencia de causales de no punibilidad. Consideran que esta distinción crea categorías de personas y establece un peligroso precedente.

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