• Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 16:01

Judiciales - Tribunales

Juez niega petición de abogados de Nayib Bukele de archivar caso donde Eugenio Chicas lo acusa de calumnia

De acuerdo con uno de los defensores de Bukele, Luis Mario Pérez Bennett, a pesar de que el exedil capitalino estaba en la disposición de seguir el proceso en el que el exsecretario de comunicaciones de la Presidencia Eugenio Chicas lo acusa de difamación y calumnia, no puede ser juzgado porque la Constitución lo impide.

Bukele
Juez niega petición de abogados de Nayib Bukele de archivar caso donde Eugenio Chicas lo acusa de calumnia

El Juez primero se Sentencia de Santa Tecla declaró no ha lugar la petición hecha por los abogados del presidente electo Nayib Bukele quienes presentaron un escrito pidiendo que se suspenda el proceso en su contra luego de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) lo acreditara como presidente de la República desde el primero de junio de 2019.

El Juez le dijo a Diario el Mundo que "Él no tiene ningún privilegio constitucional, pese haber sido electo presidente, él sigue siendo un ciudadano normal la Asamblea Legislativa no le ha tomado la protesta constitucional. La Asamblea Legislativa es la encargada de tomarle la protesta y no es el TSE el que confiere la calidad de presidente, el TSE solo acredita". 

De acuerdo con uno de los defensores de Bukele, Luis Mario Pérez Bennett, Constitución le impedía y argumentó cuando presentó el escrito que “La interpretación se debe homologar porque el 238 dice que los diputados electos no pueden ser juzgados hasta vencido su período, pero ahí dice electos, no cuando toman posesión, si lo dice para los diputados con mayor razón para el presidente de la República que es una jerarquía mayor y su legitimidad democrática es mayor”, dijo Bennett a los medios de comunicación.

El artículo 238 que citó el profesional del derecho, reza de la siguiente manera “los diputados no podrán ser juzgados por delitos graves que comentan desde el día de su elección hasta el fin del período para que el que fueron elegidos, sin que la Asamblea Legislativa declare previamente que hay lugar a formación de causa, conforme al procedimiento establecido en el artículo anterior”, en lo anterior solo de menciona a diputados, no al presidente.

Sin embargo, el Juez señaló que el artículo 154 de la constitución especifica que el ejercicio del presidente inicia el primero de junio y luego de la investidura que hace la Asamblea Legislativa y ya que eso no ha pasado, Bukele sigue siendo un ciudadano normal. 

"El señor Bukele Ortez es un ciudadano más que todavía no ha asumido su calidad de presidente y por lo tanto está obligado a responder por los delitos que ha cometido, el delito que se le imputa fue cometido cuando no era ni candidato en ese momento, por lo tanto está obligado", valoró el exsecretario de comunicaciones de la Presidencia, Eugenio Chicas. 

Por tanto, el Juez le ordenó al exedil capitalino presentarse al Primero de Sentencia el 7 de marzo. También deberá compadecer la exesposa Chicas, Ana Lucía Ramírez Ayala, quien declararía en contra del que fuera su esposo. 

Comentarios