• Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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Judiciales - La Libertad

Hombre irá a la cárcel por difundir pornografía de una menor en redes sociales

La prisión es provisional, porque no ha sido condenado. El sujeto ha sido acusado del delito de difusión de pornografía.
Mujer en la cárcel
Hombre irá a la cárcel por difundir pornografía de una menor en redes sociales

Un Juzgado de Paz del departamento de La Libertad envió a la cárcel a un hombre, mientras se le sigue el resto del proceso judicial, por haber difundido pornografía de una menor de edad en las redes sociales.

El sujeto responde al nombre de Julio César Cruz Campos.

De acuerdo con el reporte fiscal, el hombre utilizó una red social para publicar contenido pornográfico de una niña, material que fue visto por la familia de la víctima por lo que interpusieron la denuncia correspondiente.

Después de las investigaciones preliminares, la Fiscalía en conjunto con agentes de la Policía efectuaron el arresto en el cantón Lourdes, del municipio de Colón.

Cruz Campos está acusado del delito de difusión pornográfica en perjuicio de una menor de edad.

El Código Penal de El Salvador sanciona con cárcel de hasta cinco años el delito de difusión de pornografía, pero cuando la víctima es un menor de edad la pena se duplica.

“El que produzca, reproduzca, distribuya, publique, importe, exporte, ofrezca, financie, venda, comercie o difunda de cualquier forma, imágenes, utilice la voz de una persona menor de dieciocho años, incapaz o deficiente mental, sea en forma directa, informática, audiovisual, virtual o por cualquier otro medio en el que exhiban, en actividades sexuales, eróticas o inequívocas de naturaleza sexual, explícitas o no, reales o simuladas, será sancionado con prisión de seis a doce años”, establece el artículo 173.

Se considera otras agravantes que aumentan la pena en una tercera parte y la inhabilitación pare ejercer una profesión en caso la víctima y el perpetrador sean parientes hasta en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

También se aplica penalidada si el victimario es quien tiene la tutela de la víctima o “toda persona que prevaliéndose de la superioridad originada por relaciones de confianza, doméstica, educativa, de trabajo o cualquier otra relación”, según reza el inciso “D” del artículo 173-B.

Es decir: si Cruz Campos fuera pariente de la menor de edad podría pasar hasta 16 años preso, 12 años por la sanción del artículo 173 y cuatro años más por las agravantes del 173-B en caso que le den las penas máximas.

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