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Sala ordena establecer salario mínimo a empleados y empleadas domésticas

Quienes se dedican al trabajo doméstico tienen derecho fundamental a recibir remuneración para cubrir sus necesidades básicas como el resto de empleados.
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Sala ordena establecer salario mínimo a empleados y empleadas domésticas

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó al Consejo Nacional de Salario Mínimo (CNSM) regular el salario de los empleados y empleadas domésticas porque en este momento no está establecido.

De acuerdo con la Sala, las personas que se dedican al trabajo doméstico tienen derecho fundamental a recibir remuneración para cubrir sus necesidades básicas como el resto de los empleados.

“Ningún trabajador, independientemente del área en que se desempeñe, puede excluírsele del respeto y protección de este derecho (…) el salario mínimo para los trabajadores de servicios domésticos requiere de una cuantificación distinta atendiendo la naturaleza y particularidades de esa clase de servicios”, estableció el tribunal constitucional.

Para garantizar el mandato, la Sala mandó al Consejo a fijar periódicamente el salario mínimo, como el resto de rubros.

“Debiendo los empleados respetar el piso salarial mínimo establecido para determinar actividad remunerada”, detalla la resolución.

La Sala asegura que es inaceptable que se considere “cumplida la norma” alegando el artículo 78 del Código de Trabajo que fija el salario como un común acuerdo entre trabajador y empleador.

“El salario mínimo no es un artículo de comercio cuya cuantificación quede a la discrecionalidad y disponibilidad de ninguna autoridad. Y es que la Constitución impone su determinación a las autoridades a quienes se ha referido tales facultades”, explicó.

Será el CNSM quien proponga al Ministerio de Trabajo un monto en específico y la Sala da un plazo de 12 meses para que se incorpore de manera oficial.

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