• Diario Digital | jueves, 18 de abril de 2024
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Judiciales - Habeas corpus

Sala ordena liberar a universitario enviado a cuarentena por salir a comprar medicina

Será liberado siempre y cuando haya dado negativo a pruebas de Covid-19. 
Retenidos por incumplir la cuarentena 2
Imagen de referencia.
Sala ordena liberar a universitario enviado a cuarentena por salir a comprar medicina

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó liberar del centro de contención de Ciudad Mujer, en Colón, La Libertad, a un estudiante universitario que fue retenido por la Policía cuando estaba comprando agua y medicamentos.

La retención se efectuó el 22 de marzo cuando todavía estaba vigente el régimen de excepción, según consta en el Habeas Corpus presentando.

El ciudadano indicó, el día de su retención, que salió a comprar agua y medicina debido a que era el designado por su familia para hacerlo.

Cuando estacionó su vehículo en una gasolinera por problemas en una de las llantas, una patrulla del 911 que pasaba por lo zona lo intervino. Los agentes le cuestionaron qué estaba haciendo y él respondió que comprando, pero no le creyeron.

El salvadoreño argumentó que era el designado de la familia para las compras porque su madre recién había sido operada de un cáncer en la piel, su padre es un hombre de la tercera edad y su hermana tiene déficit mental, pero no fue liberado.

El ciudadano fue llevado a la delegación de San Bartolo donde permaneció al aire libre “sin condiciones mínimas de alimentación” para después ser trasladado al centro de contención antes referido.

Ante tales circunstancias, el retenido interpuso el recurso de Habeas corpus ante la Sala, quien falló a su favor y ordenó a las autoridades informar en la condición en la que estuvo y “cuáles son las restricciones que tiene, cuánto tiempo ha permanecido (en el lugar) y los motivos por los cuales no ha sido puesto en libertad”.

Ordenó tambié su libertad, siempre y cuando haya dado negativo en la pruebas de Covid-19 que se le hayan practicado.

“Ordénese a la autoridad referida (la PNC) llevarlo inmediatamente a su residencia para que guarde cuarentena domiciliar, previa realización de las pruebas de Covid-19 conforme a los protocolos establecidos, las cuales deberán realizarse de manera prioritaria e inmediata (…) deberá ser informado con carácter de urgencia a esta Sala, una vez efectuada”, estableció el tribunal constitucional.

También se le dio un plazo de cinco días hábiles al encargado del centro de contención para que envíe los informes relativos al caso, mientras que al ministro de Salud se le pide un informe sobre los ciudadanos que permanecen en cuarentena en los centros y que tengan problemas de salud.

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