• Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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Política - Tema no es prioridad en Asamblea

Patronos que no reportan cotizaciones de sus empleados a AFP seguirán sin castigo pese a reforma

La reforma de pensiones -sea cual sea- entrará en vigor dejando de lado dar un mayor castigo a los patrones que atentan contra los ahorros de vejez de sus empleados.

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Patronos que no reportan cotizaciones de sus empleados a AFP seguirán sin castigo pese a reforma

Pese a que en la Asamblea Legislativa se debate con gran intensidad el tema de la reforma de pensiones, parece que los empleados van a seguir teniendo una débil barrera que les proteja su patrimonio económico.

La Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) registra una mora de aproximadamente $40 millones de aquellas empresas que incumplen con el pago de cotizaciones, que actualmente es del 13% del salario de cada trabajador.

Pese a tener conocimiento de estas cifras, los diputados de la Asamblea Legislativa parecen no tener como prioridad el tema de un cobro más efectivo a los patrones que incurran en el delito de apropiación indebida de cuotas laborales.

Pese a que el Código Penal estipula condenas de entre cuatro y ocho años de prisión por este delito, el proceso a seguir es engorroso y las multas no amedrentan a quienes ejecutan estas acciones.

El diputado del PCN, Mario Ponce, alegó que estas acciones no son las que tienen en quiebra al actual sistema de pensiones y –a su criterio- se debe de trabajar primero en esta área, citando como ejemplo las pensiones VIP que tienen muchos jubilados.

“Hay una cantidad pequeña de empresas que no pagan las cotizaciones de sus empleados y estas no son las que tienen en quiebra al actual sistema de pensiones”, acotó Ponce.

En tanto, Francis Zablah de GANA considera oportuno que los diputados de la comisión de Hacienda tomen en consideración este tema para evitar que posteriormente se estén haciendo exigencias a otras comisiones para reforzar este punto.

“Hay que trabajar en una reforma integral, no ir con parches por los problemas que se puedan presentar por tiempos y este es el momento de proteger a la población”, señaló Zablah.

Un engorroso proceso para garantizar ahorros para vejez

Pese a que los meses que les son robados de esta forma a los trabajadores se tiene que suplir para llegar a la jubilación, el delito de apropiación de cuotas prescribe cada tres años y en los procesos civiles solo significa multas dependiendo de la instancia en la que sea procesado.

Cuando el patrón no paga las cuotas, el empleado puede acudir ante la AFP y el Ministerio de Trabajo quienes dan hasta dos meses a los patrones para solventar su mora en un periodo que no exceda a los 30 días.

El Ministerio de Trabajo procede a imponer una multa que es el equivalente a $57.14 por cada empleado al que se le ha negado el pago.

De igual manera, las AFP que no realicen el proceso de cobro respectivo está expuesta a una sanción del veinticinco por ciento del monto moratorio, más un recargo por mora del dos por ciento por cada mes o fracción.

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