• Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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Política - Admitió recurso

Sala de lo Constitucional ordena a Bukele no usar mal a la FF.AA. y advierte de ilegalidad al Ministro de Defensa y al Director de la PNC

Ordenó también que el Consejo de Ministros no convoque a la Asamblea Legislativa mientras no se emita fallo sobre recurso de inconstitucionalidad.
Nueva Sala de lo Constitucional
Sala de lo Constitucional ordena a Bukele no usar mal a la FF.AA. y advierte de ilegalidad al Ministro de Defensa y al Director de la PNC

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) prohibió cautelarmente que el Consejo de Ministros convoque a sesiones plenarias de la Asamblea Legislativa, le ordenó al presidente Bukele no usar a la Fuerza Armada en fines contrarios a la Constitución, y ordenó también al Ministro de la Defensa y al Director de la PNC no extralimitarse en sus funciones, dentro de una respuesta al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por varios ciudadanos.

En el escrito dado a conocer la tarde este lunes, la Sala expone que además de admitir la demanda se decretaron las siguientes medidas cautelares:

Ordenar al Consejo de Ministros, del cual forma parte el Presidente de la República, el cese de los efectos de la convocatoria girada con el propósito de una sesión extraordinaria de la Asamblea Legislativa a efecto que se apruebe el préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica para la implementación de la Fase III del Plan Control Territorial, así como cualquier convocatoria relacionada con el tema”;

Suspender los efectos de cualquier acto o norma que sea consecuencia del acuerdo de convocatoria impugnado”;

Ordenar al Presidente de la Pública a que se abstenga de hacer uso de la Fuerza Armada en actividades contrarias a los fines constitucionales establecidos y poner en riesgo la forma de gobierno republicano, democrático y representativo, el sistema político pluralista y de manera particular la separación de poderes”;

“Ordenar al Ministro de la Defensa Nacional y al Director de la Policía Nacional Civil que no ejerzan funciones y actividades distintas a las que constitucionalmente y legalmente están obligados”.

 La Sala también expuso: “Dentro de las valoraciones jurídicas se determinó declarar improcedente la demanda en lo referente a la solicitud de inconstitucionalidad del tuit mediante el cual el Presidente de la República hizo un llamado a la insurrección, realizado a través de su cuenta oficial de Twitter, por no ser objeto de control constitucional directo, sin perjuicio de la valoración que posteriormente se haga del contenido, supuestos y manifestaciones del derecho a la insurrección”.

Sala ante Nayib

 

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