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Emprendedores podrán acceder a créditos sin tanto papeleo hasta por $30,000

El marco legal que permite este beneficio fue aprobado el miércoles en la Asamblea Legislativa.
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Emprendedores podrán acceder a créditos sin tanto papeleo hasta por $30,000

Los emprendedores salvadoreños podrán tener acceso a créditos con montos que oscilan entre los $3,000 a $30,000 según las especificaciones establecidas en la Ley Especial para Facilitar el Acceso al Crédito para emprendedores aprobada por la Asamblea Legislativa.

La normativa permitirá –durante este período de emergencia– que los emprendedores puedan tramitar un crédito de forma ágil y sin tanto papeleo, ni requisitos exigidos por los bancos.

El solicitante deberá presentar en bancos su Documento Único de Identidad (DUI) y una carta jurada en la que justifique el uso de los fondos e información general.

No obstante, queda a consideración de algunas instituciones bancarias solicitar información complementaria.

La normativa también establece que dichas instituciones no podrán exigir a los solicitantes de créditos solvencias tributarias o municipales y otras que no sean necesarias para el análisis del crédito.

“La presente Ley tiene por objeto establecer las condiciones para el otorgamiento de créditos para actividades productivas, con la finalidad que los requisitos de la regulación no sean un obstáculo para el acceso al crédito en las instituciones financieras, independientemente sean o no sujetas a la regulación emitida por el Banco Central de Reserva de El Salvador”, detalla el artículo 1 de la normativa.

A las actividades productivas que hace referencia esta ley (Art. 2) son en los siguientes rubros: agropecuario, industrial, comercio y servicios, y las realizadas por emprendedores.

En el caso de los créditos de bajo monto será otorgado hasta $3,000 –diez salarios mínimos según el artículo 4– para el sector comercio y servicio.

“Los créditos hasta por ese monto gozarán de la simplificación de requisitos y trámites según lo establecido en la presente Ley”, indica el artículo 4.

Si el ciudadano desea solicitar un crédito por primera vez, cuyo monto sean igual o menor a $30,000 destinados para actividades productivas, también gozarán de simplificación de requisitos.

“(…) no será necesario requerirles el cumplimiento de indicadores financieros, principalmente cuando las garantías que se otorguen a la institución sean lo suficientes para cubrir el monto del crédito. Las instituciones financieras podrán utilizar las metodologías de evaluación que consideren más adecuadas, según sea el caso”, se hace referencia en el artículo 6.

Para estos casos, no será requisito que el solicitante presente la siguiente documentación: Constancia de depósito de estados financieros en el Registro de Comercio, solvencia municipal y tributaria, matrícula de comercio.

Ley Especial para Facilitar el Acceso al Crédito para emprendedores 1

Ley Especial para Facilitar el Acceso al Crédito para emprendedores 2

Ley Especial para Facilitar el Acceso al Crédito para emprendedores 3

Ley Especial para Facilitar el Acceso al Crédito para emprendedores 4

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