• Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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Sucesos - Sala de lo Contencioso frena abuso

Bancos no podrán cobrar cargos y comisiones por pagos anticipados

La Sala de lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia del tribunal sancionador de la Defensoría del Consumidor que estableció que dichos cobros son ilegales.

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Bancos no podrán cobrar cargos y comisiones por pagos anticipados

Si a un ciudadano le tocaba hacer el pago de un crédito el 30 de cada mes, pero decidía hacerlo el 29, por ejemplo, era sujeto al cobro de una comisión por parte de la institución financiera. Dicho cobro ha sido declarado ilegal por la Sala de lo Contencioso Administrativo.

La Ley de Protección al Consumidor otorga a los consumidores el derecho de realizar pagos anticipados en sus créditos y a los proveedores de servicios financieros la obligación de recibirlos.

Tanto la Sala de lo Constitucional como la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, confirmaron que está prohibido el cobro de comisiones o cargos por pagos anticipados en los créditos que realicen los consumidores, aunque hayan pactado lo contrario.

La sentencia del Tribunal Sancionador, de la DC, establece un precedente importante en la materia para que los proveedores de productos y servicios financieros cumplan la ley, se abstengan de realizar cobros ilegales en las operaciones de crédito o bancarias y respeten los derechos de las personas consumidoras.

La Defensoría exigió a los proveedores de servicios financieros que cumplan la Ley de Protección al Consumidor y reitera que no va a permitir la vulneración de derechos de las personas consumidoras, persiguiendo las prácticas ilegales con todos los recursos que le franquea el marco jurídico vigente.

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