• Diario Digital | martes, 23 de abril de 2024
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Sucesos - Juez desestimó el caso

Robo de furgón guatemalteco queda en la impunidad por malos procedimientos fiscales

El débil sustento del caso permitió a los imputados librarse de una pena de hasta 14 años de cárcel; solo uno fue condenado, pero por un delito considerado no grave.

Furgón
Robo de furgón guatemalteco queda en la impunidad por malos procedimientos fiscales

El débil trabajo de la Fiscalía General de la República (FGR) al momento de sustentar un caso de robo y secuestro de un furgón con placas guatemaltecas libró de responsabilidades a dos sujetos a quienes se les señalaba de ser los responsables del hecho ocurrido a mediados del año pasado.

Gracias a eso, los implicados se libraron de una pena que pudo haber llegado a los 14 años de prisión. Solo uno de ellos fue condenado a tres años y medio de cárcel, pero por el delito de portación de arma de fuego sin permiso, que es considerado no grave.

La investigación fiscal señala que en mayo de 2016 José Marvin Luna Ramírez y Carlos L. interceptaron el furgón que era conducido por Bryan Antonio G. cuando este se encontraba en una zona, no especificada en el proceso, pero cercana al río Lempa.

A punta de pistola, Luna Ramírez amenazaba a García Moreno, mientras Carlos L. condujo el furgón hasta la zona de Quezaltepeque, La Libertad.

Viajando por la carretera de ese municipio tuvieron problemas con una de las llantas del furgón, por lo que fueron hasta llantería, no sin antes advertirle a su víctima que no intentara nada extraño que pudiera delatarlos.

García Moreno se bajó junto a los dos delincuentes y pese a que no realizó movimientos extraños, su conducta nerviosa alertó a un agente que se encontraba en un retén ubicado a unos cuantos metros.

Al ver esto, el policía se acercó para verificar la documentación de la unidad y para revisar a los ocupantes, encontrando un arma de fuego que portaba sin autorización Luna Ramírez y que en la investigación se determinó que había sido robada en 1997.

En cuanto al furgón, no presentaron ningún documento que garantizara el paso legal por el país. Al verificar en el registro se determinó que el cabezal pertenece a Nelson Mayarín Flores Pleitez, mientras que el compartimiento está a nombre de Héctor Antonio Cabrera Calderón, ambos de origen guatemalteco.

Al no poder justificar la procedencia del automotor, los sujetos fueron capturados y la ocasión fue aprovechada por el conductor para delatar a sus captores y denunciarlos ante las autoridades.

Los errores de la Fiscalía

El juez a cargo del proceso reprochó el trabajo del ministerio público, que pese a estar obligado a realizar las investigaciones para sustentar los casos judiciales, en esta ocasión se limitaron a presentar pruebas débiles que apenas permitieron inculpar a uno de los señalados y no por el delito planteado inicialmente, si no por uno de menor gravedad.

Pese a tener al menos tres víctimas –Flores Pleitez, Cabrera Calderón y el conductor- la Fiscalía solo presentó la orden de captura de los dos acusados, ya que los fiscales alegaron que el resto de prueba científica no se les hizo llegar.

Según el dictamen del juez, de los propietarios del furgón ninguno fue presentado por la parte acusadora para que se demostrara que este automotor era de su propiedad y si tenían conocimiento que fue robado.

Asimismo este criticó el hecho que en el expediente judicial no se hiciera referencia puntual a en qué zona del río Lempa en la que fue interceptado el furgón, si no que se dejó de una forma vaga.

En el caso de la privación de libertad, tampoco se presentaron pruebas contundentes ya que el ofendido no acudió a la sala de audiencia para relatar lo sucedido.

El juez remarcó que los fiscales a cargo del caso no detallaron la identidad del motorista de furgón que resultó ofendido por estos hechos, por lo que le fue imposible determinar responsabilidades en los delitos de robo agravado y privación de libertad.

Según la valoración del juzgador a cargo del tribunal Segundo de Sentencia, en el juicio solamente se plantearon indicios de los hechos mencionados, pero ninguna prueba era contundente.

Lo anterior permitió que Carlos L. recuperará su libertad de forma inmediata, mientras que Luna Ramírez fue condenado a 3 años con seis meses, pena que le aumenta a otra por la que ya se encuentra pagando condena.

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