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Sucesos - Cojutepeque

Fue jefa del laboratorio en el hospital de Cojutepeque sin tener título universitario

Sandra Elizabeth Escoto de Hernández fue condenada a tres años de cárcel por el delito de ejercicio ilegal de la profesión; la pena fue cambiada por trabajos de utilidad pública.

Hospital Nuestra Señora de Fatima
Hospital Nuestra Señora de Fatima
Fue jefa del laboratorio en el hospital de Cojutepeque sin tener título universitario

Sandra Elizabeth Escoto de Hernández, ex jefa de laboratorio del hospital nacional Nuestra Señora de Fátima, de Cojutepeque, Cuscatlán, fue condenada a tres años de prisión por ejercer la profesión de manera ilegal, ya que no tenía ningún titulo profesional que la acreditara para ejercer el cargo que le fue encomendado.

La resolución fue dada por la Cámara de la Segunda Sección de Cojutepeque, la cual le dio la razón a la oficina de la Fiscalía en ese municipio.

El tribunal superior declaró nulo y revocó un fallo absolutorio a favor de la imputada, el cual fue emitido por el juez de sentencia de esa ciudad, Nury Velásquez Joya, el pasado 27 de marzo. Con la revocatoria, la mujer de 47 años fue condenada a tres años de prisión, los cuales serán sustituidos por trabajos de utilidad pública; además, Escoto de Hernández será cesada de su cargo.

La resolución de la Cámara de la Segunda Sección fue notificada el viernes 23 de junio, después de que fiscales de la Unidad de Patrimonio de la oficina fiscal interpusieran un recurso de apelación por estar en desacuerdo con la resolución de la jueza de Sentencia, quien absolvió a la imputada de responsabilidad penal por considerar que la sentencia carecía de fundamentación al no tomar en cuenta las reglas de la sana crítica.

La Cámara estableció en su resolución que la ex jefa del laboratorio clínico puso “en riesgo la salud de la ciudadanía salvadoreña y los motivos y la calidad que la impulsaron al hecho fueron lucrativos, en cuya base se encuentra el fraude".

Ejerció por más de 20 años

Escoto de Hernández fue procesada en libertad desde septiembre del año pasado, después de enfrentar la audiencia inicial por el delito de ejercicio ilegal de la profesión, al ejercer su cargo por 21 años sin estar graduada ni autorizada por la Junta de Vigilancia de la Profesión en Laboratorio Clínico (JVPLC).

Las diligencias de la investigación fiscal detallan que la imputada ingresó a laborar al hospital en julio del año 1995, fecha desde la cual asumió la jefatura cuando hacía su servicio social, teniendo asignado el número provisional de la JVPLC 393, la cual tenía como validez hasta el 30 de junio de 1996.

Posteriormente la viceministra de Salud Pública y Asistencia Social de ese entonces, Ana María Alfaro de Gamero, a través de un acuerdo la nombró como jefe de laboratorio clínico a partir del 1 de enero de 1997.

Pero la Junta de Vigilancia, tras una inspección, recomendó en marzo del año 2015 que ninguna institución pública y privada puede contratar a personas que no tienen calidad de profesionales en la rama de laboratorio y porque no cumplen los requisitos para ser autorizados, según el Código de Salud.

Por esta razón y según las diligencias de investigación fiscal, Escoto de Hernández, incurrió en el delito antes mencionado, regulado en el artículo 289 del Código Penal, que establece: “El que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada, se atribuyere carácter de tal y la ejerciere o realizare actividades propias de ella será sancionado con prisión de uno a tres años”.

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