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Sucesos - Defensoría del Consumidor

Cuatro proveedores de saldo denunciados por seguir cobrando CESC

La contribución “especial” feneció en noviembre de 2020. 
Defensoría
Foto: Defensoría del Consumidor.
Cuatro proveedores de saldo denunciados por seguir cobrando CESC

La Defensoría del Consumidor denunció al Tribunal Sancionador a cuatro proveedores de saldo que fueron detectados cobrando a los usuarios la extinta Contribución Especial de Seguridad Ciudadana (CESC).

La contribución fue declarada inconstitucional en octubre de 2020, y dejó de cobrarse al siguiente mes, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ya que se trataba, de hecho, de otro impuesto.

De acuerdo con la institución del 11 al 24 de febrero se realizaron inspecciones en locales, centros comerciales y otros lugares de distribución por denuncias ciudadanas que los proveedores seguían cobrando el impuesto ya fenecido.

De los más de 400 lugares que se verificaron, solo cuatro de ellos fueron encontrados cobrando extra a la población, por lo que ya han sido denunciados.

Cuando la contribución entró en vigor las empresas comenzaron a cobrar el 5% a sus productos, por lo que, por ejemplo, las recargas de un $1 de saldo pasaron a valer $1.05.

“Los proveedores con estos hallazgos (cobros indebidos) fueron identificados en los municipios de San Salvador, Zacatecoluca (La Paz), San Juan Opico (La Libertad) y San Francisco Morazán (Chalatenango)”, indicó la Defensoría.

Por estar cobrando extra los proveedores habrían violentado el artículo 18, literal c, de la Ley de Protección al Consumidor (LPC).

“Efectuar cobros indebidos tales como cargos directos a cuenta de bienes o servicios que no hayan sido previamente autorizados o solicitados por el consumidor. En ningún caso el silencio podrá ser interpretado por el proveedor como señal de aceptación del cargo de parte del consumidor”, reza la ley.

Las autoridades explicaron que se trataría de faltas consideradas por la LPC como muy graves y las define como “cobrar intereses, comisiones o recargos en contravención a las disposiciones de esta ley y demás aplicables al consumo de bienes o prestación de servicios”.

La sanción podría llegar hasta los 500 salarios mínimos del sector comercio y servicios, equivalentes a $152 mil.

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