• Diario Digital | jueves, 25 de abril de 2024
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Sucesos - En sentencia

Sala avala decreto de suspensión de embargos por créditos al sector cafetalero

La demanda fue presentada por varias entidades bancarias, quienes alegaron que la ley especial que suspendió los embargos era perniciosa para las empresas. Sin embargo, la Sala determinó que esta medida ayuda a que el sector se recupere. 

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Sala avala decreto de suspensión de embargos por créditos al sector cafetalero

La Sala de lo Constitucional rechazó la demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley Especial Transitoria para la Suspensión de Embargos por Créditos Otorgados al Sector Productor de Café.

A criterio de la Sala, esta ley es una medida razonable con interés social para manejar la crisis del sector cafetalero y garantizar la continuidad de las empresas caficultoras.

Los demandantes habían argumentado que esta ley anulan los derechos a la jurisdicción, a una sentencia de fondo y a la ejecución de lo resuelto en los casos que habían sido encontrados culpables y que deberían ser embargados. 

Asimismo, aseguraron violentan los derechos de los bancos a la libre contratación y a la libre empresa.

La Sala estableció en su sentencia que los artículos impugnados no se constituyen como una anulación de los derechos de los bancos acreedores, sino una limitación temporal para su ejercicio y que es la misma ley la que estipula la temporalidad de estos efectos.

Además, la sentencia señala que la suspensión legal de pagos y acciones ejecutivas relacionados con esos fondos está vinculada con un proceso amplio de medidas de saneamiento y reactivación financiera para el sector de la caficultura.

Asimismo, señalan que no hay riesgo de iliquidez de los bancos, ya que este no es el único giro de las entidades bancarias.
 

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