• Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
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La cancelación del programa CAM, sus repercusiones y opciones legales

La cancelación del programa CAM, sus repercusiones y opciones legales

La administración del presidente estadounidense Donald Trump canceló recientemente el Programa de Libertad Condicional para Menores de edad centroamericanos, (CAM, por sus siglas en inglés).

Este programa beneficiaba a los menores de 21 años, proporcionándoles un alivio que permitía su admisión a los Estados Unidos de América en calidad de “libertad condicional migratoria”.

En una declaración, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) aseguró que la medida afectará a los solicitantes del Triángulo Norte de Centroamérica (El Salvador, Honduras y Guatemala), quienes eran los destinatarios de este programa

"Ya no se prestará consideración especial a la libertad condicional de ciertas personas que se les niega el estatus de refugiado en El Salvador, Guatemala y Honduras bajo el Programa de Libertad Condicional de Menores de Centroamérica… USCIS notificará a las personas que han sido condicionalmente aprobadas bajo este programa, que tal ha sido terminado y su aprobación para la libertad condicional ha sido rescindida".

Esta decisión se estima que afectará de manera directa a unos 3 mil niños salvadoreños que se encontraban en proceso de viajar a Estados Unidos para reunificarse con sus familiares. Solo en Los Ángeles, entre 400 y 500 menores de 21 años tendrán su permiso revocado, aseguró la directora del programa de refugiados del Instituto Internacional de Los Ángeles (IILA), en donde llevan varios de estos casos.

El programa CAM, creado por la administración del ex presidente estadounidense Barack Obama dio a los menores elegibles de El Salvador, Guatemala y Honduras la condición de refugiado como respuesta humanitaria de las grandes oleadas de niños detenidos en la frontera.

Esta iniciativa permitió a los padres que residían legalmente en Estados Unidos solicitar una entrevista de reasentamiento de refugiados para sus hijos o hijas solteros menores de 21 años, así como otros miembros de la familia calificados, incluido el cónyuge.

Si a un niño no se le otorgaba el estatus de refugiado bajo el Programa de Refugiados de CAM, ese menor era considerado como un candidato para el Programa de Libertad Condicional, lo cual permitía al beneficiado permanecer temporalmente en Estados Unidos y solicitar una autorización de empleo hasta que se terminara su libertad condicional entre otras prerrogativas.

La pregunta obligada que surge de esta triste noticia es, ¿qué opciones quedan para estos menores?

Lamentablemente no son muchas, pero es importante que los directamente involucrados se asesoren adecuadamente y procedan de acuerdo a las opciones propias de su caso, entre las cuales podemos encontrar por ejemplo:

1) Si bien es cierto que el programa CAM fue suspendido, la figura de la libertad condicional permanece en la ley, por tanto, esta última puede ser solicitada, independientemente del programa CAM, al presentar el Formulario I-131.

2) La agencia federal señaló que aunque está terminando el Programa de Libertad Condicional de CAM, aquellos que obtuvieron el alivio mantendrán la libertad condicional hasta la expiración del período que se les haya otorgado, a menos que existan otros motivos para su terminación; por lo tanto, este periodo podría ser aprovechado para ingresar otro tipo de recursos legales que permitan la permanencia legal en suelo estadounidense, como lo podría ser una petición familiar.

3) Solicitar una apelación antes de los 90 días que expire su libertad condicional migratoria.

Espero que esta información sea de utilidad y que los miles de niños que se encuentran en suelo estadounidense logren regularizar su situación, para lo cual será necesario buscar la ayuda de profesionales que les acompañen en su
búsqueda de soluciones.

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