• Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
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Negocios - Hacienda y Economía

Levantan prohibición de ingreso de transporte de carga proveniente de Costa Rica

Los conductores tendrán 10 días para permanecer en el territorio.
Rastra en Aduanas
Foto: Dirección General de Aduanas
Levantan prohibición de ingreso de transporte de carga proveniente de Costa Rica

Los ministerios de Economía y Hacienda informaron que han dejado sin efecto la prohibición de ingreso a El Salvador del transporte de carga proveniente de Costa Rica.

La medida fue impuesta por las autoridades nacionales en mayo y por reciprocidad ya que la nación costarricense había prohibido el ingreso a su país de todo el transporte de carga, como una de las medidas para frenar los casos de coronavirus.

En el numeral 2 del acuerdo firmado por María Luisa Hayem y Alejandro Zelaya, titulares de Economía y Hacienda, se establece que los conductores deberán someterse a las medidas para prevenir contagios del virus causante de la actual pandemia.

“Los conductores del transporte internacional de carga terrestre que ingresen al territorio nacional para realizar operaciones de carga o descarga de mercancías, así como de tránsito aduanero internacional, deberán cumplir con los Lineamientos de Bioseguridad ante la Covid-19 aplicables al sector del transporte terrestre centroamericano”.

La decisión se toma para cumplir con el XV Tratado General de Integración Centroamericana, que determinaba que los países firmantes debían mantener libertad de tránsito en sus territorios para el paso de mercancías.

En el acuerdo también se decidió otorgar 10 días a los conductores del transporte pesado para permanecer en el país.

“Este plazo es de carácter temporal y podrá ser modificado por las autoridades competentes, en la medida que las condiciones sanitarias lo permitan” y que “se aplicará en correspondencia mutua, atendiendo al plazo que se otorgue a los transportistas de carga terrestre salvadoreños en los países centroamericanos”.

Las disposiciones entrarán en vigor desde que sean publicadas en el Diario Oficial, tal cual manda la ley.

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