• Diario Digital | martes, 16 de abril de 2024
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Política - Resolución de la Sala

Un artículo es el último cartucho del CD para no ser cancelado

El asesor jurídico del partido en formación Nuevas Ideas, Omar Pastor, indicó que el TSE no puede cancelar al CD debido al inciso del artículo 47 de la LPP, si los magistrados del ente colegiado llegasen a cancelar a ese instituto político, estarían cometiendo el delito de prevaricato. 

Juan José Martel
Un artículo es el último cartucho del CD para no ser cancelado

La resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) continuar el proceso de cancelación sobre dos partidos políticos, pero uno de ellos tiene un último cartucho para salvarse y continuar con sus aspiraciones de cara a las elecciones de 2019, el CD se aferra al artículo 47 de la Ley de Partidos Políticos. 

El proceso de cancelación debe seguir ciertos pasos, como indicó el magistrado del TSE, Miguel Ángel Cardoza, donde explicó que primero van a recibir la notificación de la Sala y después van a hacer los análisis respectivos. Luego se van a escuchar a las autoridades de los partidos y de esta manera deliberar qué procede; pero en esa situación, el CD tiene una ventaja, por así llamarlo, por encima del PSD. 

El artículo 47 de la Ley de Partidos Políticos (LPP) establece las causas por las cuales se cancelará a un partido político, entre las cuales están: Obtener menos de 50,000 votos en elecciones para diputados de la Asamblea Legislativa, no participar en dos elecciones consecutivas, propiciar un fraude, entre otros.

El secretario general y diputado del CD, Juan José Martel, dijo que en el 2015, el partido obtuvo 30,000 votos, razón por la cual incumplió la ley y debía ser cancelado. Pero Martel explicó que el TSE decidió en su momento no aplicar el artículo y no fueron cancelados. Se llegó el momento de las elecciones del 2018 y en marzo, dicho partido logró colocar un escaño en la Asamblea. 

Es ahí donde se genera la esperanza para el CD. El artículo 47 establece como último inciso "en todo caso, ningún partido político podrá ser cancelado si cuenta con representación legislativa de al menos un diputado en la Asamblea Legislativa". Sobre esta situación, ni la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tiene claro qué es lo que se debe hacer y le dejó la decisión al TSE.

De acuerdo con el analista político Carlos Araujo, el TSE hizo una comparación, entre las sentencias emitidas para los casos del PCN, PDC hace algunos años y el CD actualmente. Araujo señala que esta sentencia tiene un elemento que no tenían en la sentencia para pecenistas y pedecistas.

"La Sala le dice al Tribunal, esto a mí no me lo han pedido, pero aquí hay un elemento diferente, es que ahora, el inciso final del 47 dice que cuando un partido tiene un diputado no se cancela. Entonces, se lo dejo ahí para que a la hora de su resolución y de su análisis usted tenga en cuenta ese elemento para determinar si cancela o no cancela", explicó Araujo.

En una entrevista matutina, los magistrados de la Sala explicaron que sobre ese punto solo habían dejado la consideración, pero que no discutieron porque no se solicitó que lo hicieran. "Al final de cuentas, yo se lo dejo ahí, en su análisis debe de considerar si procede o no la cancelación", añadió Araujo. 

El analista político indicó que la valoración que debe hacer el TSE es: ¿qué pesa más?, que el CD no haya cumplido el umbral de votos de la elección de 2015 o la representatividad que logró el partido en las elecciones de 2018 y que le permitiría aferrarse al inciso del artículo 47 de la LPP.

Araujo cree que se debe cancelar a los partidos, CD y PSD, por no lograr el número de votos. "Te pongo un ejemplo, Juan José Martel seguirá siendo diputado siempre, si como TSE decido no cancelarlos, al final de cuentas está siendo burlada la voluntad de los ciudadanos en el 2015, que castigaron con no darle suficiente representación a ese partido, por un supterfugio ocupado desde la institución se estaría evadiendo ese castigo ciudadano de 2015", sentenció.

"Ellos no pueden cancelar al CD, si lo hacen estarían cometido el delito de prevaricato"

El asesor jurídico del partido en formación Nuevas Ideas, Omar Pastor, aunque comparte el argumento con Araujo, contrario a él el cree que el TSE no puede cancelar al CD, debido al inciso del artículo 47 de la LPP. 

Asegura que si los magistrados del ente colegiado llegasen a cancelar a ese instituto político, estarían cometiendo el delito de prevaricato. 

"Ellos (el TSE) indiscutiblemente no van a poder cancelar al CD simple y sencillamente porque la ley que indica que ni puede ni debe hacerlo porque sucede que el CD, para bien o para mal, tiene un diputado y eso dice el último inciso del artículo 47 de la LPP", valoró Pastor. 

Además, indicó que la sentencia de la Sala debió ser emitida desde hace tiempo y que la Sala se atrasó. "El pueblo salvadoreño qué culpa tiene de que la Sala en su momento no resolviera lo debido y lo dejaran desde el 2015 en 'standby'", consideró Pastor. 

El jurídico dijo que no cree que el TSE cancele al CD, pero si eso llegase a suceder, los magistrados "estaría cayendo en prevaricato, porque están violando ley escrita, así de simple y se van a la cárcel... como en todo caso esto sería intencional sencillamente le cae la mayor pena". 

El profesional del derecho consideró que la resolución de la Sala es para afectar las aspiraciones políticas de Nayib Bukele. "De eso no cabe duda, yo voy más lejos, son capaces de hasta asesinarlo. ¿Cuándo se ha visto eso de que todos los poderes fácticos y jurídicos del país se ponen en el plano de obstaculizar el derecho del pueblo a elegir en una elección?"

Pastor aprovechó la ocasión para hacer un llamado a "los muchachos del TSE  para que se animen" a firmar la resolución sobre la constitución de Nuevas Ideas como partido político.

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