• Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
  • Actualizado 00:00

María Teresa o la tragedia de ser pobre y mujer en este país

¿Cómo puede un sistema de justicia no tomar en cuenta que la conclusión que originó la condena no tenía el peso tan sólido ni se basaba en todas las aristas que provee la ciencia moderna? ¿Cómo decide acabar con la vida de alguien mandándola el resto de sus años a una jaula sin antes agotar las posibilidades de análisis científico, tomando en cuenta que hablamos de un hecho como la muerte de un recién nacido?

María Teresa o la tragedia de ser pobre y mujer en este país

El viernes 20 de mayo, María Teresa Rivera lloraba, inconsolable, abrazada al pecho de su abogado, Víctor Mata; había un clamor interno de rabia contenida, de aliento, de fe, de un camino que terminaba resolviéndose a su favor. El abogado la abrazaba fuerte, mientras miraba hacia abajo y sonreía. Ese mismo sistema judicial que se equivocó en 2012, ahora aceptaba su error, devolvía los derechos constitucionales a Teresa y la traía de nuevo a la vida, en un suceso que pasó con poca pena y poca gloria en las páginas conservadoras de los medios tradicionales. Casi cuatro años de lucha, de dolor, de esperanza.

María Teresa Rivera pasó ese tiempo tras las rejas, en un país que tiene uno de los peores sistemas penitenciarios del mundo. Un país desigual, en el que los que menos tienen están a expensas de abusos dantescos y en el que ser mujer, además, conlleva implicaciones de dolor aún más profundas. María Teresa Rivera estuvo encerrada por un crimen que no cometió, como tantos otros salvadoreños víctimas del colapso de nación que tenemos y de los yerros del sistema judicial. Su vida y la vida de su familia fueron fracturadas. Nunca volverá a ser la misma. La acusaron y sentenciaron en 2012 a 40 años por algo que no hizo: matar a su hijo recién nacido. 

Dos pecados tuvo María Teresa: ser pobre y ser mujer. El infierno estaba a la vista.

Ahora es libre, otro juez ha mandado incluso al Estado salvadoreño a que repare el dolor que causó a esta mujer y a su familia. Ella debe luchar por volver a vivir, a reencontrarse como ser humano, y su historia debe reinventar las luchas de quienes guerrean a favor de los derechos de las mujeres. Luchas que muchas veces se atascan en activismo barato, osco, sin cabeza, pero que hoy han ganado una gran batalla. Esta mujer salió de la cárcel gracias a que alguien entendió que al sistema hay que vencerlo desde adentro, jugando sus mismas reglas.

***

El 24 de noviembre de 2011, María Teresa se levantó a tomar agua, pero se desmayó y comenzó a sangrar. Se dirigió luego a la fosa séptica y sintió “que una pelotita” se le salió, pero no escuchó llanto ni nada. Caminaba mareada, con un quebranto en el vientre, no coordinaba sus movimientos. Su suegra declaró ante policías que ese mismo día a eso de las 3:30 am escuchó un ruido y se levantó para ver qué ocurría. Encontró a María Teresa en el suelo, con una sombra de sangre que le cubría la entrepierna. No respondía, su mirada estaba perdida. La llevaron al Hospital Primero de Mayo; “afortunadamente”, su trabajo en una maquila le daba derecho a esa atención. El inicio del calvario. 

Por la radio policial se escuchaban las alarmas salidas de la cabeza de alguien: “Una joven ha sido trasladada al Hospital Primero de Mayo del Seguro Social por una ambulancia de la Cruz Roja, con indicios de haber abortado”. La alerta punzante la había dado otra mujer, una médico de turno. 

Mientras, en la casa de María Teresa había policías, bomberos, vecinos, mirones, todos alrededor de una fosa séptica de la casa de pobres, de la casa de esta mujer trabajadora de maquila donde no ganaba más de 8.50 dólares al día; buscaban pruebas, un bebé muerto.

El fallo emitido contra ella en la sentencia condenatoria le impuso cuatro décadas en la cárcel. Cuarenta-años-por-algo-que-no-hizo. Se le condenó por el delito de “homicidio agravado” en la vida de su hijo. Se la mandó a Cárcel de Mujeres. Ahí, se convirtió en un alma triste. Una “prueba” de que mató a su hijo fue que los pulmones del producto flotaron, es decir que había logrado respirar; no murió, pues, en el vientre, concluyeron en 2012.

Cuatro años después, el mismo juzgado anularía esa condena luego de aceptar que, principalmente en el tema de la obtención de conclusiones de prueba, hubo cosas que no se hicieron, específicamente desde lo científico que dio lugar a interpretar que una mujer había matado a un bebé.

¿Cómo puede un sistema de justicia no tomar en cuenta que la conclusión que originó la condena no tenía el peso tan sólido ni se basaba en todas las aristas que provee la ciencia moderna? ¿Cómo decide acabar con la vida de alguien mandándola el resto de sus años a una jaula sin antes agotar las posibilidades de análisis científico, tomando en cuenta que hablamos de un hecho como la muerte de un recién nacido?

***

El recurso de revisión de sentencia dictada contra María Teresa fue admitido por el juez del mismo tribunal que la condenó, José Antonio Flores, tomando como base lo interpuesto por el abogado defensor Víctor Mata. Luego, Flores se excusaría del caso y en su lugar llegaría el juez Martín Rogel Zepeda. De los dos fundamentos del abogado en su recurso, el juez Flores solo aceptó el que se ciñe a lo siguiente: “Cuando después de la sentencia sobrevengan o se descubran nuevos hechos o elementos de prueba que solos o unidos hagan evidente que el hecho no existió, que el imputado no lo cometió o que el hecho cometido no es punible”, del artículo 489 del Código Procesal Penal.

Los nuevos elementos de prueba vinieron, particularmente, a partir de las valoraciones o dictámenes forenses de tres expertos, tres peritos, que desbarataron los fundamentos de la condena de 2012. Lo anterior significa que las razones para aceptar el recurso de revisión del proceso contra María Teresa tiene como base la existencia de nuevos elementos de prueba.  Es el mismo hecho, la misma autopsia, pero a él se le añaden más factores de análisis que en su momento no se hicieron.

¿Qué conclusiones, entre otras, trajeron al ruedo los expertos, mismas en las que se basó la decisión del juez de anular la condena previa? Estos son algunas:

- La asfixia perinatal (conclusión del médico que practicó la necropsia al infante) es un proceso patológico que inicia in útero, antes del nacimiento, ajeno a la voluntad de la madre, que puede causar lesiones graves y hasta la muerte.

- No existe evidencia de peso que demuestra que hubo vida después del nacimiento. 

- No se encontró ninguna lesión interna ni externa secundaria o acto violento en su contra.

- La asfixia perinatal como tal es causa básica de muerte por enfermedad natural.

- No hay ningún dato que oriente hacia una asfixia de tipo mecánico y por lo tanto compatible con un tipo de muerte homicida.

En el dictamen original de condena por homicidio agravado, además, se habló de “pulmones normales que flotaron en el agua”. Ese dato o aseveración es, según la pericia presentada en 2016, “incompleto”. En la prueba que condenó a María Teresa solo se realizó “un tiempo” (un paso), cuando en realidad deben hacerse cuatro. 

Cuando al hijo de María Teresa se le practicó la autopsia, hubo elementos sustantivos en un proceso que dejaron de hacerse: no se le pesó (para identificar con mayor fidelidad edad gestacional) porque “no había báscula”, de acuerdo a lo narrado en el juicio. No se describieron todos los pasos, por lo cual se considera que solo se hizo uno: el de introducir los pulmones en agua para saber si el bebé respiró y por lo tanto nació vivo, lo cual se indica con la flotación de los pulmones, etc. El médico forense que se encargó de la autopsia incluso apeló a la “cantidad de trabajo” que hay en el instituto. Habló en el juicio incluso de que no hay suficientes reactivos como un motivo para no hacer un estudio histopatológico, etc.

En otras palabras, el sistema judicial no practicó muchas otras pruebas que pueden y deben hacerse para determinar algo tan importante y que da pie a una condena contra un ser humano, una condena de 40 años. Y algunas de las razones por las cuales no se hicieron las otras pruebas tienen que ver más con excusas respecto del mucho trabajo y de las condiciones. 

Visto lo anterior, se debe concluir que la injusticia tiene visos de crueldad contra una mujer, que sufrió una especie de aborto espontáneo, pero por hechos naturales que nada tienen que ver con esa manía del sistema judicial salvadoreño de, a priori, hablar de abortos u homicidios agravados.

Muchas mujeres en El Salvador, pobres como María Teresa, padecen condiciones tan lamentables que la adecuada atención prenatal es un lujo para ellas. Sus pisos de tierra, sus casas sin comida, el abuso y la violencia intrafamiliar, los nulos servicios básicos, etc., no le ponen ningún pero a ese ojo escrutador de los hospitales que reciben casos como este. Es en los mismos hospitales donde se da la alerta de un supuesto aborto, y hay apreciaciones tan absurdas como lo que puedan narrar dos policías de acuerdo a sus presunciones descritas en los registros: sin ciencia, sin humanismo, meros prejuicios machistas. Para una mirada de agentes de la PNC, y como primeros indicios, quizá tengan cierta importancia, pero para condenar a un ser humano deben ser lo menos relevante. El sistema comienza a devorar a las mujeres pobres desde abajo, hasta que las destruye.

La Fiscalía General de la República aún puede apelar a la anulación de la sentencia, y es muy probable que lo haga. Sería lamentable dormirse en los laureles y no seguir luchando, más allá de que esta nulidad dictada hace un mes tiene todo la estampa de ser un parteaguas en el tema.

La lucha por los derechos de las mujeres deben incluir ciencia, rigor, confrontación desde y con el sistema patriarcal dominante, academia, disciplina, etc., no solo megáfonos, parlantes  y exhibiciones. 

De acuerdo a la fundamentación jurídica  del juez Rogel Zepeda, “no se ha probado que ella le haya quitado la vida a su hijo recién nacido”. Y no se ha probado porque científicamente hay demasiados elementos en juego, y la mayoría no se tomaron en cuenta en 2012. El juez añade: “La justicia debe ser pronta y cumplida, ante una decisión injusta debe procederse a reparar los errores cometidos (...) No sabemos a ciencia cierta o concreta el dolor que ha sufrido ella y su familia”. 

No, no lo sabemos.