• Diario Digital | martes, 16 de abril de 2024
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Judiciales - Inconstitucionalidad

Sala garantiza el salario mínimo a los empleados que trabajen desde su casa para una empresa

Los magistrados establecen que los miembros del Consejo deberán adecuar dentro de los siguientes 30 días las tarifas de salarios mínimos respectivas, de acuerdo con el rubro económico en que se desempeñen.

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Sala garantiza el salario mínimo a los empleados que trabajen desde su casa para una empresa

La Sala de lo Constitucional en un más reciente fallo garantizar el salario mínimo a las personas que trabajan desde sus casas para una empresa, ya cuando el Consejo Nacional del Salario Mínimo (CNSM) no decidió sobre el caso de estos trabajadores. 

Los magistrados de la Sala de lo Constitucional ordenaron a los miembros del Consejo del Salario Mínimo estipular cuál será el monto para considerar salario mínimo para los trabajadores que ejercen su labor desde sus casas. Sin embargo, mientras tanto, tendrá el pago de acuerdo a la zona donde estos trabajen. 

Este fallo es una declaración de inconsttitucionalidad por omisión, pues cuando se negoció y estableció la nueva tabla del salario mínimo no se hizo para estos empleados que trabajan desde sus casas. 

En su sentencia la Sala concluye que en la Constitución hay un mandato expreso para que la tarifa de salario mínimo de los trabajadores a domicilio sea fijada oficialmente por las autoridades competentes, las cuales, de acuerdo con lo regulado en los artículos 149 a 159 del Código de Trabajo, son el Presidente de la República —previa aprobación del titular del Ramo de Trabajo y Previsión Social— y el CNSM.

Los magistrados establecen que los miembros del Consejo deberán adecuar dentro de los siguientes 30 días las tarifas de salarios mínimos respectivas y proponerlas al Órgano Ejecutivo, en el Ramo de Trabajo y Prevención Social, para que en cada decreto ejecutivo que corresponda se incluya una disposición que determine el salario mínimo de los trabajadores que ejecutan su labor desde sus casas, de acuerdo con el rubro económico en que se desempeñen.

Mientras los nuevos decretos ejecutivos de fijación de salario mínimo no se aprueben por el presidente de la República, los trabajadores devengarán el salario mínimo que corresponda al rubro o actividad económica en la que desempeñan sus labores, es decir, si se desempeñan en el sector comercio devengarán ese salario. 

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