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Política - Asamblea Legislativa

ARENA obliga a sus diputados a votar igual y a pedir permiso si quieren disidir

A finales de junio se comenzó utilizar un reglamento, donde se describe las funciones de las jefaturas de ARENA dentro de la Asamblea, así como los derechos y deberes de sus diputados.

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ARENA obliga a sus diputados a votar igual y a pedir permiso si quieren disidir

El partido ARENA arrastra problemas internos desde hace algún tiempo, mismos que han quedado a la vista de todos en su grupo de fracción en la Asamblea Legislativa, donde el partido ha segregado a cuatro diputados por criticar a la institución, sus autoridades y apoyar propuestas del presidente Nayib Bukele. Para evitar más problemas, el partido reglamentó que no se puede votar diferente.

A finales de junio se comenzó utilizar un reglamento, donde se describe las funciones de las jefaturas de ARENA dentro de la Asamblea, así como los derechos y deberes de sus diputados. Pero también se busca que no haya disidencia en la votación y si la hay, el diputado que quiera debe solicitarla y el grupo debe aprobarla.

Una fuente del partido proporcionó el reglamento completo a El Salvador Times y en el se puede constatar las intenciones de eliminar la disidencia. Se establece que si la mayoría del grupo parlamentario está de acuerdo con algo, los que no estén de acuerdo deben aprobar por obligación.

Reza el artículo 9 “Los acuerdos del grupo parlamentario se adoptarán por mayoría simple de los diputados propietarios presentes y los diputados suplentes con llamamiento de propietario, y serán de cumplimiento para todos los miembros del mismo”, señala.

El grupo parlamentario de ARENA se compone de 37 diputados, por lo que la mitad más uno son 19. Según lo anteriormente planteado, si 19 están a favor y 18 en contra de una iniciativa, los 18 tiene que acatar la decisión de los 19.

Sin embargo, el artículo nueve va más allá, ya que establece que si un diputado quiere votar diferente, debe pedir la autorización de parte de sus demás compañeros y estos deben permitirlo, previo acuerdo de las dos terceras partes del grupo, poder disidir.

“El grupo parlamentario podrá autorizar a un diputado a votar diferente a lo acordado. Esta autorización se dará con el voto de las dos terceras partes de los diputados propietarios presentes, siempre que esto no contrarie la Constitución, la ley, los estatutos, el Código de Ética y los lineamientos políticos del partido”, reza el citado artículo.

El trabajo del jefe de fracción

Para completar la situación, el jefe del grupo parlamentario, en este caso el diputado por Cabañas, Carlos Reyes, está obligado a llevar la cuenta de los casos de los diputados que voten diferente e informar a las autoridades tricolores.

En el literal I del artículo 10 de establece lo anterior e indica que es deber de Reyes “informar al Coena, al Tribunal de primera instancia y a la comisión electoral nacional de todos los casos en los que un diputado vote en forma diferente a lo acordado por el grupo parlamentario”.

Como otra de las funciones del jefe del grupo parlamentario se establece que tiene que informar de conductas o casos que podrían significar una violación a los estatutos o el código de ética de los tricolores.

El reglamento contempla otras situaciones como los derechos de los diputados, entre los que destaca proponer piezas de correspondencia, pero estas no pueden contrariar con las disposiciones del partido.

Le corresponde al diputado “proponer piezas de legislación, aun cuando no estén en la agenda legislativa del partido, siempre que esto no contrarie la Constitución, la ley, los estatutos, el código de ética y los lineamientos políticos de ARENA”, reza el artículo 14.

“Los diputados no están sujetos a mandato imperativo”

La Constitución de la República establece las atribuciones de todos los Órganos del Estado, entre ellos lo que le corresponde a la Asamblea y a los diputados. Agrega que no deben responder a mandatos externos.

El artículo 125 de la Carta Magna indica “Los diputados  representar el pueblo enterio y no están ligados por ningún mandato imperativo. Son individuales, y no tendrán responsabilidad en tiempo alguno por las opiniones o votos que emitan”.

El 125 de la Constitución es el artículo que han invocado en más de alguna ocasión los cuatro diputados tricolores que en este momento están inhabilitados en espera de la resolución del Tribunal de primera instancia, luego de que el Coena los acusara de violentar varios artículos de los estatutos.

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