• Diario Digital | jueves, 25 de abril de 2024
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Política - Covid-19

Llevar personas a cuarentena por no andar mascarilla es privación de libertad, advierte Derechos Humanos

Apolonio Tobar advierte que no portar DUI o mascarilla no es causal de enviar personas a centros de contención.
Apolonio Tobar Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos
Llevar personas a cuarentena por no andar mascarilla es privación de libertad, advierte Derechos Humanos

El titular de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), Apolonio Tobar, expresó su preocupación ante las nuevas medidas de restricción que está implementando el Gobierno para combatir la pandemia del coronavirus.

Desde este 7 de mayo se prohibió la circulación del transporte y las personas que necesiten alimento, medicamentos y tengan que hacer trámites bancarios solo podrán hacerlo dos veces por semana de acuerdo con su número de DUI.

Según el Procurador, las medidas se tratan de una restricción de derechos ciudadanos (al libre tránsito) por lo que la medida no se debe normar en un decreto Ejecutivo, sino en una Ley de la Asamblea.

“He observado algunos puntos en el decreto Ejecutivo N22 que me causan preocupación, pues establecen una restricción a la libertad individual de las personas no autorizada por la Ley que pretende desarrollar (ley de aislamiento y cuarentena)”, expresó.

Son seis los puntos que externó Tobar, uno de ellos es que se enviará a los centros de contención a las personas que no porten mascarillas, cuestión que pone en desventaja a los sectores que no tienen el poder adquisitivo y tampoco hay programa del gobierno donde las mismas se entreguen gratis.

El segundo punto es la prohibición del transporte, que tildó de un “exceso” pues muchas personas que estén autorizadas a circular no podrán desplazarse por no contar con un vehículo.

También condena que si bien se permite circular con una certificación del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) a los que no tengan DUI, los ciudadanos no podrán desplazarse a traer el documento por falta de transporte.

“Por lo general son los más empobrecidos quienes no lo poseen (el DUI); y si no hay transporte público ¿Cómo irán a tramitar esa certificación?”, cuestiona el procurador.

En el cuarto punto indicó que se ha establecido que quienes no tengan mascarillas, DUI o la certificación serán enviados a los centros de contención y advierte que ya hay sentencias de la Sala que ordenan que eso no se puede hacer.

Las personas “serán remitidas a un centro de cuarentena; lo cual constituye una privación ilegal de la libertad. Situación que ha sido declarada prohibida por la Sala de lo Constitucional en las resoluciones del 26 de marzo, 8 y 15 de abril”, expuso.

Además, otro problema es que el decreto Ejecutivo 22, que entró en vigencia el 7 de mayo mantendrá las restricciones hasta el 23 de mayo, sobrepasando la vigencia por la cual se aprobó la ley de aislamiento y cuarentena, que vence el 19 de mayo.

“Por supuesto que comprendo que, en este contexto de emergencia sanitaria, es necesario la adopción de medidas que vayan encaminadas a detener la propagación del Covid-19, pero también debemos entender todos que el respeto irrestricto a los derechos humanos es una condición necesaria en el funcionamiento de toda institucionalidad”, argumenta.

Por esto recomendó al ministro de Salud no emitir normativa que exceda facultades concedidas por la ley, mientras que a los alcaldes les sugirió actuar con mesura “anteponiendo el respeto a la dignidad humana en sus actividades”.

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