• Diario Digital | jueves, 18 de abril de 2024
  • Actualizado 15:43

Social - Desacato de medidas

Advierten a Súper Selectos cumplir medidas sanitarias y a TACA las laborales durante emergencia

Ministerio de Trabajo detectó que el personal no contaba con guantes, mientras que la aerolínea informó no pagará a empleado salario de abril por suspensión. 
Personal de Super Selectos 1
Personal del supermercado sin guantes.
Advierten a Súper Selectos cumplir medidas sanitarias y a TACA las laborales durante emergencia

El ministerio de Trabajo advirtió a Súper Selectos a equipar a todo su personal con mascarillas, guantes y otros insumos como parte de las medidas sanitarias para evitar más contagios de coronavirus en el país.

El ministro de Trabajo, Rolando Castro, dio a conocer que durante las inspecciones realizadas en algunas sucursales descubrieron que parte de su personal no contaba con estos equipos de protección para evitar contagios, como guantes, esto tomando en cuenta que están en contacto directo con miles de ciudadanos.

En ese sentido, hubo advertencias para que la cadena de supermercados cumplieran estas disposiciones sanitarias con su personal para garantizar su protección, así como la del resto de ciudadanos.

“Hemos hecho inspección en la cadena de supermercados (Súper Selectos), necesitamos que equipen a sus trabajadores con todas las normas técnicas sanitarias. No permitiremos que empleados compren sus equipos, ustedes son los más obligados a cumplir en esta crisis sanitaria”, fueron los señalamientos de Castro.

Denuncian a aerolínea por no pagar a empleado

Otras de las denuncias expuestas por el ministro fue el caso del empleado de una aerolínea que fue suspendido de sus actividades laborales sin goce de su salario.

Parte del caso se detalla en una carta sellada por recursos humanos de TACA –dada a conocer por el ministro– en la que se detalla: “...certificamos que debido a la emergencia nacional provocada por la pandemia del Covid-19 el empleado se encuentra en suspensión por fuerza mayor desde el 3 de abril de 2020, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36, ordinal 1 del Código de Trabajo, por lo cual no percibirá salario desde la fecha y durante el mes de abril”.

Y aunque la compañía sustenta su actuar con base a la normativa laboral, el ministro aclaró que en estas circunstancias de emergencia nacional la aplicación de ley es diferente dado que entraron en vigencia decretos que en este momento no permiten el despido de personal ni suspensión sin salario.

“Aclaración a las empresas de nuestro país, la aplicación de la legislación en tiempos normales, NO es lo mismo que en épocas de emergencia, también hay decretos legislativos y ejecutivos que deben respetarse. NO permitiremos arbitrariedades, absténganse de inmediato”, advirtió el funcionario.

 

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