• Diario Digital | martes, 16 de abril de 2024
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Sucesos - Según Defensoria del Consumidor

Almacenes, restaurantes y supermercados son las empresas más denunciadas con publicidad engañosa

La multa por utiilizar la publicidad engañosa es equivalente hasta con 200 salarios mínimos. 
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Foto de referencia.
Almacenes, restaurantes y supermercados son las empresas más denunciadas con publicidad engañosa

Los almacenes, restaurantes y supermercados son las empresas más denunciadas con publicidad engañosa durante el primer semestre del año, según la Defensoría del Consumidor.

Las inspecciones que se realizaron determinaron que el 53.7% de las denuncias de la población son en almacenes que venden ropa, zapatos y accesorios, después les siguen los restaurantes con un 14.6%, seguidos por los supermercados y establecimientos de tecnología con el 7.3%.

Después le siguen las ópticas y almacenes de muebles y electrodomésticos con el 4.9%. En tanto que los establecimientos de ventas de vehículos, librerías y hospitales representan el 2.4% de las denuncias.

La Defensoría del Consumidor detalló que los casos denunciados está sustentados por la falta de información en promociones u ofertas y publicidad engañosa al no detallar la vigencia de las promociones o restricciones al momento en que el cliente compra un producto.

Durante el primer semestre del año, tras la verificación del cumplimiento de La Ley de Protección al Consumidor (LPC), dejó como resultado la activación de 41 nuevos procedimientos sancionatorios ante el Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor.

Las infracciones son al artículo 31 de la Ley de Protección al Consumido (LPC) por la difusión de publicidad engañosa o falsa e ilícita y el artículo 30 por la falta de información en promociones y ofertas.

La publicidad engañosa es cualquier modalidad de información o comunicación de carácter publicitario, total o parcialmente falsa, o que de cualquier modo, inclusión por omisión que sea incapaz de inducir a error, engaño o confusión al consumidor pudiendo afectar su economía (artículo 31, literal B de la LPC).

La multa por usar la publicidad engañosa es equivalente hasta con 200 salarios mínimos. 

Los consumidores que se vean afectados pueden llamar al teléfono 910 de la Defensoría del Consumidor en horario de lunes a viernes de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde y los sábados de 8:00 a 12:00 del mediodía. También pueden mandar sus mensajes al número de Whatsapp 7860-9704.

 

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