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Sucesos - En Tribunal Cuarto de Sentencia

Condenan a siete pandilleros por homicidio de exfiscal César García Funes

Tres de los implicados fueron condenados entre 20 y 25 años, por los autores materiales o instigadores en este crimen. A cuatro, les impusieron tres años por encubrimiento y dos fueron absueltos.

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Condenan a siete pandilleros por homicidio de exfiscal César García Funes

Siete pandilleros de la 18 Revolucionarios fueron condenados por el homicidio del exfiscal César García Funes, ocurrido el 24 de mayo de 2016, a eso de las 6:30 de la tarde, en la finca cafetera La Fincona, en la zona de la colonia San Ramón, en Mejicanos.

Los pandilleros que ordenaron el asesinato, Gustavo Jules Zepeda y Dixi Alberto Bernal Crespín fueron condenados a 20 años cada uno, como instigadores del asesinato. Según la prueba vertida en el juicio, estos sujetos ordenaron la muerte del abogado que había trabajado para ellos como su representante legal para lograr beneficios penitenciarios ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

En el juicio se determinó que estos asesinaron al abogado porque este les había quedado mal a ellos con un dinero. Así, le dieron la orden a otros pandilleros de matarlo. Fue Carlos Noé Castillo, alias “El Pelu”, el autor material del hecho y por esa razón fue condenado a 25 años de prisión.

Al exfiscal, lo llevaron con engaños a la finca y luego lo mataron a machetazos. Después del asesinato cuatro miembros de la pandilla ayudaron a ocultar el cadáver y desaparecer los objetos personales del abogado, incluido el vehículo.

Estos cuatro sujetos fueron identificados como Kelvin Mardoqueo Cespín Platero, alias “Zurdo”; Saúl Castro Rosales, alias “Piru”; Alexander Antonio Quintanilla Platero, alias “Conejo”, Juan José Pérez, alias “Chiva”. A estos, los condenaron a tres años sin remplazo por el delito de encubrimiento.

Por otro lado, la madre y el hermano de Carlos Noé Castillo, quienes también habían sido acusados, por ayudar a esconder objetos personales del abogado, fueron absueltos debido a que por el vínculo consanguíneo no se podían implicar en el hecho.

El caso se ventiló en el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador.  

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