• Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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Sucesos - Inconstitucional el transfuguismo

Miembros de concejos municipales no podrán cambiar de partido mientras estén en el cargo

La Sala de lo Constitucional denunció que la Asamblea Legislativa incumplió la sentencia que le exigía legislar para prohibir el transfuguismo político o fraude a los electores y no haber establecido las consecuencias para los funcionarios que incurrieran en las mismas.

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Miembros de concejos municipales no podrán cambiar de partido mientras estén en el cargo

La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucionalidad, por omisión de la Asamblea Legislativa, por no haber regulado el transfuguismo en concejos municipales, y concluyó que la Asamblea incumplió el mandato de legislar al respecto para prohibir el fraude a electores que se ven burlados por maniobras políticas, así como que los tránsfugas no reciban sanción.

La Sala prohibió en 2013 el transfuguismo de los diputados pero aclaró que la sentencia abarcaba el ámbito municipal porque los miembros de los concejos plurales son funcionarios de elección popular y que por ello están sometidos a las reglas de la representación proporcional y ejercen potestades de dirección política local.

Políticos elegidos bajo una bandera que luego se declaran independientes o se separan para constituir o ingresar a otro partido "provocan un fraude a la voluntad de los electores", afirma la sentencia.

Como consecuencia del fallo, la Asamblea tendrá que emitir una normativa o reformar la existente para prohibir el transfuguismo y tendrá que abstenerse de emitir alguna ley que lo favorezca, según mandato de los magistrados.

La sentencia fue firmada por unanimidad de los magistrados Oscar Pineda Navas, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González.

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