Estados Unidos

Una jueza federal declara ilegal la suspensión de visados de residencia que ordenó el presidente Donald Trump para 75 países

La sentencia emitida en Nueva York anula el bloqueo migratorio categórico por razones de "carga pública", ordenando reactivar de inmediato miles de trámites familiares y laborales paralizados desde enero.
Foto EST/Cortesía

En un fallo de 61 páginas que altera significativamente la agenda migratoria de la Casa Blanca, la jueza federal del Distrito Sur de Nueva York, Jeannette Vargas, declaró "manifiestamente ilegal" la suspensión generalizada en la emisión de visados de residencia permanente para ciudadanos de 75 países. La resolución judicial concluyó que el secretario de Estado, Marco Rubio, excedió drásticamente las facultades legales conferidas por el Congreso de Estados Unidos al imponer un veto migratorio automatizado y sustentado exclusivamente en el origen nacional de los solicitantes.

La política de la administración de Donald Trump se había implementado de forma restrictiva el pasado 21 de enero. El Departamento de Estado justificó entonces la moratoria bajo la premisa de que los inmigrantes provenientes de las naciones señaladas —que abarcaban casi el 40% del planeta— representaban un elevado riesgo de requerir asistencia social o convertirse en una económica "carga pública" para el Estado. El bloqueo general afectaba a países de América Latina como Colombia, Cuba, Brasil, Guatemala, Nicaragua y Uruguay, además de Rusia, Pakistán, Afganistán, Irán, Somalia y Nigeria.

No obstante, la jueza Vargas —quien fue designada durante la gestión del expresidente Joe Biden— determinó que la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) prohíbe las denegaciones categóricas basadas únicamente en la nacionalidad. La magistrada estipuló que la legislación federal obliga explícitamente a los funcionarios consulares a conducir evaluaciones individualizadas para estimar si una persona califica o no como una potencial carga económica. Dicha evaluación debe ponderar factores específicos de cada aspirante, tales como sus finanzas personales, edad, estado de salud, situación familiar, educación y destrezas laborales.

La demanda que derivó en este histórico dictamen fue promovida por la Red Católica de Inmigración Legal (CLINIC) y la organización African Communities Together, en representación de ciudadanos estadounidenses que patrocinaban a sus familiares y profesionales extranjeros con ofertas de empleo válidas cuyas vidas habían quedado sumergidas en un limbo legal. Tras conocerse la sentencia, los defensores de los derechos civiles celebraron la decisión como una victoria trascendental en pro de la reunificación familiar y el debido proceso.

A fecha de este lunes 24 de agosto, el impacto de la resolución judicial ha comenzado a materializarse de forma operativa. De acuerdo con reportes de agencias internacionales y fuentes jurídicas, las secciones consulares y embajadas estadounidenses en los 75 países afectados han recibido la instrucción técnica de restablecer los sistemas de procesamiento individualizado para las visas de inmigrante detenidas.

Un elemento crítico del fallo judicial es su efecto retroactivo. Esto significa que el Departamento de Estado está obligado a revisar de oficio todas las solicitudes que fueron denegadas formalmente a lo largo de este año bajo el único criterio de la moratoria general. Mientras los bufetes de abogados aconsejan a los peticionarios retomar el contacto con sus respectivos consulados, el Departamento de Justicia de Estados Unidos evalúa este lunes la viabilidad de presentar un recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito para intentar frenar la orden de la jueza Vargas.