• Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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Política - Polémica

“Trabajo de utilidad pública” para criminales de guerra condenados propone la nueva ley de amnistía

Eso para los condenados a más de 10 años de cárcel. Para quienes la pena sea menor, la nueva ley propone que se les suspenda —de oficio— la condena.

Muro desaparecidos y asesinados en la guerra.
Muro desaparecidos y asesinados en la guerra.
“Trabajo de utilidad pública” para criminales de guerra condenados propone la nueva ley de amnistía

La polémica propuesta que trabajan los diputados de la Asamblea Legislativa en sustitución de la derogada “Ley de Amnistía”, denominada como Ley de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional, garantiza que los condenados por crímenes de guerra antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa sean sacados de la cárcel y sus penas sean sustituidas por “trabajos de utilidad pública”. Lo mismo aplica para los que sean juzgados cuando entre en vigencia. 

En el artículo 12 de la nueva Ley se contempla ordenar a los jueces suspender la ejecución de penas a los que estén condenados a menos de 10 años de prisión y sustituir por trabajos de utilidad pública a los que sobrepasen los 10 años

“La pena de prisión impuesta bajo los procesos penales tramitados a partir de la vigencia de la presente Ley, así como las penas impuestas en procesos penales tramitados antes de dicha vigencia, independientemente de la medida de la misma, será suspendida de oficio su ejecución por el Juez de la Causa si el imputado es condenado a penas de hasta diez años de prisión”, reza tanto en la propuesta hecha por el equipo técnico integrado por diputados, como por el primer documento articulado. 

Continúa el referido artículo “…En caso de condenas mayores a diez años de prisión, dicha pena se sustituirá por la pena de prestación de trabajo de utilidad pública, en jornadas de trabajo, fijadas en la respectiva resolución, cuyo límite mínimo será de tres años y el límite máximo será de diez años, de acuerdo a la gravedad del hecho cometido”,  y se añade que quien no cumpla con los trabajos comunitarios se le revocará la suspensión de la pena que goza. 

Como parte de ese artículo 12, se considera que los condenados deberán pagar un monto en concepto de reparación civil que vaya acorde con su capacidad económica, sin afectar su vida y la de su familia y no sobrepase, en ningún caso, el “veinte por ciento del patrimonio líquido del condenado”. 

Otra de las sanciones contra los que hayan sido condenados por crímenes de guerra, pero se les haya suspendido la pena, es ser  inhabilitados por un período de tres años para el ejercicio de cargos de elección popular, elección de segundo grado, ministro y viceministro de estado y presidente e instituciones autónomas.

Una propuesta alternativa que no ha sido discutida en la subcomisión es que quienes sean condenados, además de trabajos de utilidad pública, no podrán ejercer los cargos antes dichos por el mismo período de tiempo de su condena, es decir; un condenado a diez años de trabajos de utilidad está inhabilitado para cargos públicos por ese mismo período, 10 años. 

También plantean beneficios para personas mayores a 65 años: se le aplicarán “mecanismos especiales” para que puedan cumplir los trabajos comunitarios, sin dar mayores detalles, y para aquellos con esa misma edad y con una enfermedad terminal o crónica, diagnosticada clínicamente, serán perdonados. 

“Tratándose de personas con padecimientos médicos terminales o crónicos diagnosticados al menos dos años antes de la vigencia de la presente ley, clínicamente comprobados, serán eximidas del cumplimiento de pena alguna, por medio de resolución judicial debidamente fundada”, plantea la propuesta. 

El fiscal general, el encargado de dictar la plana

Para poder dictar la política de selección, se delegará en el fiscal general, que actualmente es Raúl Melara, que sea el encargado de elaborar un listado de casos para que sea investigados, procesados y judicializados, dentro de los cinco meses siguientes a la entrada en vigencia, la sociedad civil podrá participar, pero la última palabra es del jefe del ministerio público. 

El fiscal deberá elaborar un listado de casos “utilizando criterios como la extrema gravedad de los hechos punibles a que se refiere esta ley; la representatividad de los mismos; la capacidad para demostrar los patrones, los comportamientos o prácticas de violencia más ofensivas y repudiables para el género humano, el impacto sobre las víctimas, la sociedad e incluso la comunidad internacional y la factibilidad o viabilidad de las investigaciones”, según se detalla. 

Si una persona, comunidad u organización quiere proponer un crimen para que sea juzgado deberá tener en cuenta los criterios anteriormente mencionados y enviar la petición a la FGR y el fiscal general deberá responder, en un máximo de 10 días hábiles, a la petición y sea cual fuere su decisión debe ser fundamentada y notificada. Si se negara, hay una instancia más a la que acudir. 

“Contra dicha decisión, dentro de un plazo de 10 días hábiles, las personas u organizaciones peticionarias podrán presentar demanda de amparo ante la Sala de lo Constitucional de la CSJ, recurso que deberá resolverse por el referido tribunal dentro de un plazo de 15 días hábiles”, reza la propuesta. 

El listado solo se podrá cerrar hasta que no exista ningún recurso pendiente en la Sala y será oficializado por el fiscal que lo deberá publicar en el diario oficial. 

El 13 de julio de 2016, los entonces magistrados de la Sala de los Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Rodolfo González, Florentín Meléndez, Sidney Blanco y Eliseo Ortiz firmaron la caída de una de las leyes pilares en los Acuerdos de Paz, la Ley de Amnistía para la Consolidación de la Paz de 1993 y ordenaron a la Asamblea redactar una nueva ley antes del 13 de julio de 2019 que garantice que se investigue, enjuicie y esclarezca la verdad de lo acaecido en el conflicto armado. 

La Asamblea se olvidó del mandato durante casi dos años, y en junio de 2018 se creó una comisión Ad-hoc para que estudiara la sentencia; un año más tarde y con la fecha límite cerca, los diputados están trabajando un proyecto que no les ha caído en gracia a las organizaciones de defensa de los derechos humanos. 

Los diputados de la Asamblea han recibido críticas de parte de diferentes colectivos de defensa de los derechos humanos y del mismo presidente electo, Nayib Bukele, de querer aprobar leyes para “proteger” a los criminales de guerra. 

Otra de las críticas fue que en los últimos meses han agilizado el proceso de trabajo dentro de la extinta comisión Ad-Hoc, subcomisión y comisión política para que sea el presidente Salvador Sánchez Cerén quien firme la ley antes del cambio de gobierno.

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