• Diario Digital | miércoles, 08 de mayo de 2024
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Política - Asamblea Legislativa

Proponen hasta 15 años de cárcel por explosiones en lugares donde se realicen trasiego de gas

El diputado de ARENA José Andrés Hernández pide reformas al Código Electoral y a la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos del Petróleo
Explopsión en venta de gas
Proponen hasta 15 años de cárcel por explosiones en lugares donde se realicen trasiego de gas

Luego de una explosión en una venta de gas licuado de la colonia Zacamil, de Mejicanos que dejó cuatro muertos y una veintena de lesionados, los diputados buscan endurecer leyes y castigar con hasta 15 años de prisión a los responsables de las tragedias.

Las inspecciones, que fueron realizadas por el cuerpo de Bomberos y el ministerio de Seguridad, en el lugar de la explosión indicaron que la causa fue que se hacía trasiego de gas (pasaban contenido de uno a otro cilindro), práctica que el diputado de ARENA, José Andrés Hernández busca sancionar con hasta ocho años de cárcel.

El legislador pide una serie de reformas a las leyes, entre las que se encuentra que se anexe al artículo 147 del Código Penal que violentar el sello de seguridad de un cilindro de gas con el propósito de defraudar a los consumidores extrayendo su contenido para pasarlo a otro sea sancionado con una pena de prisión de cuatro a ocho años de cárcel,

Tras los hechos, el ministerio de Economía deberá clausurar de manera inmediata el establecimiento en el que se realizaban las prácticas y se interpondrá una multa de hasta cincuenta salarios mínimos si el negocio no tuviera los permisos pertinentes emitidos por las autoridades.

“Cuando la manipulación irresponsable de cilindros de gas licuado de petróleo, sea con el propósito de defraudar a los consumidores, extrayendo su contenido para introducirlos en otros cilindros de gas licuados de petróleo, será sancionado con pena de prisión de cuatro a ocho años… Si el propietario no contare con los permisos pertinentes, se sancionará con multa de diez a cincuenta salarios mínimos del sector comercio.”, reza lo propuesto por el tricolor.

Pero las sanciones se elevan aún más en el caso que se repita un hecho como el que sucedió en calle Al Volcán, porque se busca reformar el artículo 264, siempre del código penal, para aumentar hasta los 15 años de prisión a los responsables.

El simple hecho de liberar energía que ponga en peligro la vida de las personas o sus bienes puede ser objeto de una sanción de cárcel de entre tres a seis años. La pena va creciendo exponencialmente si se produce lo mismo que en la Zacamil, explosión con muertos, heridos y daños materiales.

“Si produjese explosión la pena será de ocho a doce años. Si de la explosión hubiera homicidios, lesiones o daños se incrementará la pena de estos delitos en una tercera parte más del máximo de estos”, reza la propuesta de modificación.

Modificaciones a la ley de distribución de productos del petróleo

Como un complemento a las sanciones, se propone una modificación a la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos del Petróleo en el sentido de dejar en claro que la dirección de Hidrocarburos y Minas del ministerio de Economía la que debe tener el control de los puntos de venta de gas.

También se quiere que los delegados del ministerio tengan acceso libre a las instalaciones donde se comercialice el producto y las facilidades para verificar operaciones, instalaciones de almacenamiento y los procesos de distribución y comercialización.

“La construcción, remodelación o ampliación de depósitos de aprovisionamiento de productos de petróleo, estaciones de servicio, incluyendo las que expendan gas para vehículos automotores; así como la instalación de tanques para consumo privado, las plantas de envasado de gas y los establecimientos de distribución y comercialización en puntos de venta al detalle, solamente podrán ser autorizados por medio de acuerdo del Ministerio”, agrega la reforma al artículo 5 de la citada ley.

Además se busca que las compañías que se dediquen a la venta tengan seguro con el que se pueda responder por cualquier responsabilidad civil a terceros en casos de emergencias.

El artículo 24 de la propuesta del diputado tricolor añade que en un plazo que no supere los tres meses, el ministerio de Economía, Bomberos, Dirección de Hidrocarburos, Dirección General de Previsión Social, ministerio de Trabajo y la Defensoría del Consumidor elaboren un reglamento con la intención de prevenir accidentes.

“Prohíbase la venta a menores de dieciocho años, así también la permanencia de menores en lugares de venta o distribución, la permanencia de personas fumando, en estado de ebriedad, el uso de teléfonos celulares y la comercialización de pólvora en dichos lugares”, añade la parte final del artículo 24.

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