• Diario Digital | sábado, 07 de junio de 2025
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Sucesos - Covid-19

Gobierno decomisará vehículos a ciudadanos que incumplan cuarentena

Las autoridades habían incluido esa normativa en la nueva propuesta de estado de excepción que hicieron a la Asamblea, pero los diputados no estuvieron de acuerdo.
Carros decomisados
Gobierno decomisará vehículos a ciudadanos que incumplan cuarentena

Después del vencimiento del régimen de excepción, el gobierno de Nayib Bukele dio a conocer un nuevo decreto ejecutivo con nuevas disposiciones para contener el avance del Covid-19, entre las que se encuentra que a los conductores infractores de la cuarentena de les decomisará el vehículo.

Las autoridades habían incluido esa normativa en la nueva propuesta de estado de excepción que hicieron a la Asamblea, pero los diputados no estuvieron de acuerdo.

“En el caso de que la persona infractora condujere un vehículo automotor, este deberá remitirse para someterlo a un procedimiento de desinfección y quedará en depósito en los lugares determinados por el Viceministerio de Transporte parara evitar que el mismo se convierta en obstáculo a la vía pública”, reza el literal C del artículo uno del nuevo decreto ejecutivo 19.

Para poder recuperar su vehículo, la persona debe iniciar el proceso establecido en la ley normal y pagar por el tiempo que el automotor estuviere depositado.

Esta nueva medida había sido anunciaba por el presidente en una cadena nacional, cuando habló de endurecer las medidas de restricción por el aumento de casos confirmados del virus.

“No nos va a importar ver en las redes sociales ‘me decomisaron el carro’, ‘me doblaron la muñeca’, eso es mucho menos a que se muera su familia y la familia de otros”, dijo el mandatario en esa ocasión.

En ese momento la medida no se implementó pues los diputados de la Asamblea le señalaron que no había sustento legal para iniciar a decomisar vehículos.

El presidente del congreso, Mario Ponce, dijo que ese punto de decomisar vehículos es de los temas que tienen que sentarse a dialogar con el Ejecutivo porque la medida puede poner en problemas a mucha gente.

Cambios a los retenidos por violar cuarentena

Ante las órdenes dictadas por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el gobierno cambió el mecanismo de las retenciones a los ciudadanos que incumplan la cuarentena domiciliar.

Antes se estaba reteniendo a las personas, eran fichadas por la Policía y después enviadas a los centros de contención, esta vez personal de salud evaluará a la gente y determinará si son enviados o no.

“Toda persona que incumpla el resguardo domiciliar sin justificar y que, luego de haber sido evaluada por el personal médico, se catalogue como un caso sospechoso (que presente síntomas)  deberá guardar cuarentena controlada de 30 días, en tanto no se confirme o descarte la presencia de Covid-19”, estableció el literal A, siempre del artículo uno.

Obligados a permitir entrada de personal de Salud a las casas

Otro de los nuevos elementos que se han considerado es que la población está en la obligación de dejar pasar a sus casas a los delegados del ministerio de Salud.

“Toda persona está obligada a permitir el ingreso de los delegados del ministerio de Salud, debidamente identificados, para inspeccionar el interior de casas, locales, predios públicos, privados, para la evaluación de medidas sanitarias a adoptar para el combate de la pandemia por Covid-19”, añade el decreto.

Esta última medida ha causado alguna polémica entre algunos abogados ya que dicen que la Constitución de la República establece la inviolabilidad de morada, es decir; nadie puede entrar al hogar de otra persona, ni las autoridades (salvo excepciones de ley), sin autorización.

Otra de las medidas que se han adoptado es que todos los que anden en las calles están obligados a portar una mascarilla, aunque no se detalla sanciones por incumplimiento.

La Sala de lo Constitucional dictaminó que es ilegal castigar a las personas que incumplan la cuarentena y tampoco se pueden decomisar vehículos. Pidieron los magistrados que para eso debe existir una ley aprobada por la Asamblea Legislativa. Hasta ahora no la hay.

“En otras palabras, el Presidente de la República, la Policía Nacional Civil, la Fuerza Armada y cualquier otra autoridad tienen constitucionalmente prohibido privar de libertad en la forma de confinamiento o internamiento sanitario forzoso a las personas que incumplan la orden de cuarentena domiciliar, mientras la Asamblea Legislativa no emita una ley formal en la que se establezca dicha medida con todos los requisitos enunciados en el auto inicial de este hábeas corpus y reiterados en esta decisión o, en su caso, mientras no se comprueben respecto de cada afectado los supuestos del art. 136 del Código de Salud”, dijo la Sala en su sentencia.

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