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Judiciales - Elecciones 2021

Walter Araujo queda afuera de las elecciones 2021 por expresiones de violencia contra la mujer

La Sala valora que hay "apariencia" de que Araujo comete expresiones de violencia contra la mujer.
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Imagen de archivo.
Walter Araujo queda afuera de las elecciones 2021 por expresiones de violencia contra la mujer

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió a trámite la demanda presentada por la abogada Bertha Deleón contra la candidatura a diputado de Walter Araujo y como medida cautelar el máximo tribunal constitucional ordenó dejarlo fuera de la contienda.

Araujo buscaba llegar nuevamente a la Asamblea Legislativa por el departamento de San Salvador, esta vez bajo la bandera de Nuevas Ideas, después de haber sido diputado, presidente de ARENA y miembro del la coalición Unidad de Tony Saca, antes de pasarse al partido GANA, de donde salió para integrarse a Nuevas Ideas.

El “caso Araujo” se inició cuando el Tribunal Supremo Electoral (TSE) dejó en firme su candidatura, una decisión que la abogada apeló indicando que no se cumplía el requisito de honradez notoria ya que Araujo enfrenta un proceso judicial por expresiones de violencia contra la mujer.

Deleón, además, ha denunciado en los tribunales a Araujo donde se lleva a cabo un proceso.

La abogada, también aspirante a un curul en la Asamblea, interpuso un recurso de nulidad al TSE, pero no alcanzó los votos necesarios y no fue admitido, por lo que acudió a la Sala de lo Constitucional.

En la demanda Deleón señala a Araujo de un patrón “de conducta agresiva y violenta contra las mujeres en espacios públicos y redes sociales”, mismo que ha señalado en la acusación que se encuentra en los tribunales.

“Dichas redes son usadas, a juicio (de Deleón), para humillar, denigrar, burlarse y desacreditar a las mujeres en represalia a sus opiniones políticas... Además, él tiene un proceso penal abierto, en el cual ella tiene el carácter de ofendida... en él se han decretado medidas de protección en favor de la peticionaria las cuales se han incumplido reiteradamente, pues él ha seguido realizando expresiones de violencia en contra suya mediante sus redes sociales”, indica la Sala que es el argumento de la demandante.

Por tal motivo, la Sala decidió admitir la demanda con la medida cautelar que impide a Araujo competir por un curul en la Asamblea.

“Para esta Sala, en el presente caso, existe apariencia de buen derecho respecto de la violación constitucional alegada. Esto es así debido a dos razones: en primer lugar, la demandante ha anexado a su demanda de inconstitucionalidad indicios suficientes de una reiterada conducta de violencia contra la mujer” por “tuits de constante humillación, ataques y expresiones violentas, soeces y vulgares que realiza el referido ciudadano en contra de las mujeres”.

La Sala advierte al TSE

Bertha Deleón expuso la misma situación al TSE cuando pidió la impugnación de la candidatura de Araujo, pero el ente colegiado no lo tomó en cuenta, acto que cuestiona la Sala de lo Constitucional.

“Dicho tribunal debió indagar con diligencia tales afirmaciones, respetando su deber de documentación y verificación del cumplimiento de los requisitos para optar a un cargo de elección popular directa”.

El máximo tribunal constitucional continúa advirtiendo al TSE que no “puede apartarse de su obligación de documentar y verificar su cumplimiento. Tampoco puede suponer que se trata de 'requisitos de segunda categoría'. Y si esto es así de manera ordinaria, lo es todavía más cuando alguien pone en tela de juicio dicha honradez notoria”.

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