• Diario Digital | viernes, 26 de abril de 2024
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Social - Salud

CSJ ampara a pacientes hemofílicos del Hospital Rosales y de Niños Benjamín Bloom

La Corte Suprema consideró que el Ministerio de Salud ha violado el derecho a la salud de este segmento de la población.

Foto ilustración.
CSJ ampara a pacientes hemofílicos del Hospital Rosales y de Niños Benjamín Bloom

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia amparó a pacientes hemofílicos, ordenando a la cartera de Salud y a los directores del Hospital Nacional Rosales y del Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom a garantizar: "el suministro permanente de factores de coagulación VIII y IX a disposición de los pacientes hemofílicos que consultan en dichos centros de salud".

La Corte considera que la actuación de Estado en este particular ha sido "reactiva" y no de prevención con los paciente. 

La Sala de lo Constitución ordenó que: "deberá eliminarse o reducirse, a casos excepcionales, el uso de tratamientos alternativos como el suministro de hemoderivados y analgésicos.

La Corte amparó a estos pacientes pues consideró que se está violando su derecho a la salud: "al no velar por la adecuada provisión de factores anti-hemofílicos y al omitir la puesta en marcha de un programa regular de tratamiento profiláctico para los pacientes con hemofilia.

El programa deberá estar incluido en las cuentas del presupuesto de la institución correspondiente a 2018.

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